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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

El pacto de Estado de la desigualdad

¿Cómo puede un Estado de Derecho convertir a un hombre en un “delincuente” sin un juicio previo?

Acaba de aprobarse el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para regocijo de unos y absoluto estupor de otros. Ni que decir tiene que yo me hallo entre los que con estupor ve como los políticos utilizan sin escrúpulos la llamada violencia de género buscando el aplauso fácil y el refrendo de las Asociaciones de las neo-feministas, todo ello por supuesto dotado de un buen paquete de millones de euros.

El susodicho Pacto es si cabe más aberrante aún que la Ley Integral de Violencia de Género, aprobada el Día de los Inocentes de 2004, cuyo único logro ha sido agrandar la desigualdad entre hombres y mujeres.

Tal como ya tengo por costumbre, paso a comentar los artículos de este terrible Pacto que más me preocupan por las repercusiones que creo van a tener en un futuro:

Introducir en la LO 1/2004 las modificaciones necesarias relativas a los títulos de acreditación, con expresión de sus límites y duración. El reconocimiento de esa condición no se supeditará necesariamente a la interposición de denuncia.

Aunque parezca mentira, sin que medie necesidad de interponer denuncia, sólo con las manifestaciones de una mujer, ésta pasa a tener de forma automática la condición de víctima y su pareja pasa automáticamente a tener la condición de maltratador. Sí, así, sin necesidad de pruebas, sin otorgar al hombre el derecho de contradicción, sin juicio, de forma automática.

¿Cómo puede un Estado de Derecho convertir a un hombre en un “delincuente” sin un juicio previo? Hasta donde yo sé, para que una persona sea considerada víctima debe haberse cometido un delito y, por tanto, ha de existir un delincuente. Pero al parecer, ahora no. Así, este Pacto echa a los pies de los caballos el derecho de todo ciudadano a un juicio justo. Ahora no hace falta juicio ni justo ni injusto para convertir a un hombre en un maltratador.

Ampliar el concepto de violencia de género a todos los tipos de violencia contra las mujeres contenidos en el Convenio de Estambul.

Si hasta ahora la Ley Integral de Violencia de Género (LIVG) se aplicaba a aquel delito cometido por un hombre sobre una mujer que sea o hubiese sido su esposa o mantuviese una relación análoga al matrimonio, ahora esta ley se aplicará a todo aquel delito cometido por un hombre sobre una mujer. Unos dirán ¡Qué bien, así se protegerá a todas las mujeres! Pues bien, crasso error, esta ley no protege a todas las mujeres, pues se olvida de aquellas que mantienen una relación con otra mujer, a esas las dejan a parte, marginadas… Por lo tanto, no puedo dejar de preguntarme ¿es esta una ley para proteger a las mujeres o para castigar más duramente a los hombres por el hecho de ser hombres?

Señalar la especificidad de las medidas de protección integral contenidas en la LO 1/2004, en relación con la violencia de género que se establece como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

Este artículo es, sin duda alguna, el que como abogada más me exaspera. La muletilla de “la violencia de género que se establece como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres” no se aplica en los juzgados con este matiz, ya que por mi experiencia, cualquier agresión física, verbal o psicológica que cometa un hombre sobre una mujer es considerada violencia de género aunque no haya connotaciones machista en ello. Es decir, si en una discusión de pareja un hombre y una mujer se empujan mutuamente, sin la existencia de ninguna dominación machista, la mujer está cometiendo un delito de violencia doméstica y el hombre un delito de violencia de género. Y esto es así,  y cada día lo vemos los abogados en los juzgados; mismo hecho pero distintos delitos y por ende distintas penas.  Excluir la relevancia del consentimiento de la víctima en la valoración de los casos de quebrantamiento de condena o medida cautelar, sin perjuicio de los posibles efectos sobre la culpabilidad del acusado.

Son cientos cada año los casos en los que una mujer que ha denunciado en un momento dado a su pareja tiempo después retoma la relación; pero si sobre el hombre pesa una orden de alejamiento y ambos la incumplen, el hombre será condenado por este quebrantamiento y la mujer no sufrirá ningún tipo de consecuencia. ¿Y este se supone que es un Pacto para promover la igualdad entre hombres y mujeres? ¿De verdad hemos de creérnoslo? ¡Pues yo no lo creo!

Establecer mecanismos que aseguren que las pensiones de orfandad que puedan corresponder a los hijos e hijas de víctimas de violencia de género, con el incremento previsto en la Disposición Adicional Primera de la LO 1/2004, puedan ser disponibles de forma inmediata con las oportunas garantías para abonar los gastos a que deban hacer frente, sin perjuicio de lo que dispongan con posterioridad las resoluciones judiciales.

Ante esto yo me pregunto, ¿son los huérfanos de padres muertos a manos de las madres huérfanos de segunda? Muchos me dirán ¡es que esos casos son menos! Ahí no me queda más que preguntarme ¿El sufrimiento de un niño se mide al son del peso de las estadísticas? Si un niño ha sufrido la muerte de un progenitor a manos del otro debe recibir protección, ¿o ese niño solo recibe protección dependiendo del sexo del progenitor fallecido? Si esto no es demagogia política que me expliquen de nuevo los cimientos del Derecho, porque yo empiezo a no entender nada.

Adoptar las medidas que permitan que la custodia compartida en ningún caso se imponga en casos de violencia de género en los supuestos previstos en el artículo 92.7 del Código Civil, y que no pueda adoptarse, ni siquiera provisionalmente, si está en curso un procedimiento penal por violencia de género y existe orden de protección.

¿Saben cuál es el Santo Grial de este precepto? Pues es este: “si está en curso un procedimiento penal por violencia de género”, ahí está, esta es la manera de que sin necesidad de que un padre esté condenado no pueda mantener una relación normalizada con sus hijos. Así, si eres mujer, quieres separarte y quieres quedarte en exclusiva con la custodia de tus hijos, con la vivienda familiar y con una pensión de alimentos, sólo tienes que decir que eres víctima de violencia de género. Es sin duda el método más rápido y eficaz para impedir al padre de tus hijos la obtención de la custodia compartida, porque claro, recordemos que en este país tan feminista los padres solo tienen la custodia exclusiva en caso de que la madre esté de acuerdo, porque en España somos muy modernos y muy feministas pero… los niños para las madres, ¡qué curioso como en el siglo pasado! Sí señor ¡qué modernos y feministas somos!

Ahora muchos podrán decir eso tan manido de “mujer… esto se hace para proteger a los niños’’ Y ahí señores es cuando se me viene a la cabeza la imagen, bastante reciente, de una etarra condenada por asesinato que consigue la libertad condicional por haber tenido un hijo en prisión… Porque claro, donde va a parar, necesita más protección el hijo de un hombre acusado por un insulto (que también es un tipo de violencia de género) que el hijo de una madre condenada por asesinato… A los políticos, ante esto, solo me queda decirles una palabra ¡DEMAGOGOS!

Estudiar las modificaciones legislativas necesarias para otorgar protección a las víctimas que se hallen incursas en situaciones de sustracción internacional de menores, cuyo origen sea una situación de violencia de género.

Claro que sí, España defendiendo a las “Juana Rivas” de este país. Ahora cualquier madre que quiera impedir que sus hijos tengan relación con su padre, o cualquier mujer extranjera que quiera volver a su país, tiene la puerta abierta para irse con los hijos sin que el padre tenga herramienta alguna para impedirlo. ¡Todo muy justo, si señor!

En fin, no puedo entender cómo se pretende fomentar la igualdad entre hombres y mujeres usando como herramienta una Ley y un Pacto que trata de forma desigual a hombres y mujeres.

No puedo entender cómo España se denomina un país feminista mientras en los juzgados siguen dando mayoritariamente las custodias de los hijos a las madres, que es tanto como decir que somos las madres las que “por Derecho natural” estamos destinadas a cuidar de los hijos. Pero después pedimos conciliación laboral y familiar para las mujeres… Pues si queremos conciliar la vida laboral y familiar repartamos las cargas familiares antes y después del divorcio, así hombres y mujeres, padres y madres tendremos la oportunidad de cuidar a nuestros hijos y desarrollar una vida profesional exitosa.

No puedo entender cómo España se denomina un país democrático, cuando crea juzgados por razón de sexo. Sí, juzgados específicos para juzgar a hombres cuando la Constitución habla de no hacer distinción por razón de sexo.

Que a las mujeres que sufren cualquier tipo de violencia hay que protegerlas es algo que nadie pone en cuestión, lo que yo sí pongo en cuestión es que deba existir una ley y un pacto de Estado específico para protegernos a las mujeres en lugar de una ley o un pacto de Estado que proteja a niños, hombres y mujeres, es decir A TODOS.

¿Saben lo que se está consiguiendo esta ley? Pues que en lugar de acabar con una injusticia, lo que han hecho es desplazarla. Pretenden erradicar una discriminación creando otra ¡Enhorabuena! Eso sí les ha salido bien, espero que los votos que consigan con esto les compensen las barbaridades sociales y humanas que están cometiendo.

Yo les pregunto a las personas que apoyan este sin sentido ¿Lo apoyaréis también cuando sean vuestros hijos varones los que pasen por el calabozo sólo por la palabra de una mujer? ¿Lo apoyareis cuando seáis vosotros y vosotras quienes no podáis ver a vuestros nietos?

Hablamos de nuevo dentro de unos años…

Por Yobana Carril

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