«Ser es defenderse», RAMIRO DE MAEZTU
La Gaceta de la Iberosfera
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Firma Digital de consentimientos informados

software para clínicas

Por fin llega la firma digital de los consentimientos informados en el iPad. Gracias al software medico DriCloud que incorpora, un servicio de “terceros independientes” para la firma digital manuscrita o biométrica con validez legal, ViDSigner, que se integra con los consentimientos informados generados y almacenados en DriCloud, facilitando vincular la firma electrónica de los pacientes y doctores para los consentimientos informados y otros documentos como la firma de presupuestos y facturas o la LOPD.


 

VIDSIGNER es un servicio cloud de firma manuscrita digital que permite firmar legalmente directamente sobre tabletas capacitivas y eliminar el papel como soporte de acto de firma, creando las evidencias y pruebas robustas que se necesitan aportar en caso de litigio. VIDSIGNER opera como Prestador de Servicios de “Terceros Independientes”, para dotar de las máximas garantías de seguridad técnica y jurídica, garantizando que las partes no pueden manipular el documento ni acceder a los datos biométricos.

Uno de los aspectos a los que se enfrentan nuestras clínicas, y que facilitamos desde el software para clinicas, es la transformación digital de todos los aspectos burocráticos y documentales relacionados con la gestión del paciente, para conseguir una CLINICA SIN PAPELES. Debido a las claras ventajas económicas y de gestión, la propia ley 41/2002, de 14 de noviembre (que regula los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica del paciente), permite la utilización de medios informáticos para el archivo de la historia clínica.

Sin embargo, sigue habiendo documentación basada en papel que implica un alto coste de cumplimentación, manipulación, almacenamiento y gestión de la recuperación en caso necesario. A veces no somos conscientes desde las clínicas de las implicaciones legales que aplica a nuestro ejercicio, y podemos caer en errores en la parte administrativa, tras haber explicado al paciente los riesgos de una intervención, como es:

  • No nos preocupamos en que el paciente firme el consentimiento expreso.
  • Nos lo firman y se archiva de forma genérica junto a miles de otros documentos, facilitando su extravío.
  • Los escaneamos para no perderlos…pero perdemos la capacidad de que en caso de conflicto se pueda asignar una firma (los peritos no pueden evaluar sobre fotocopias).
  • Usamos un sistema de recogida digital de firma pero sin garantías. Ante una demanda de “eso no es lo que yo firmé”, si no podemos demostrar la fiabilidad, robustez e independencia del sistema, es como no tener nada.

Precisamente el defecto del consentimiento informado (ley 41/2002 de 14 de Noviembre, artículo 8) puede tener graves repercusiones para la clínica o el facultativo si, en caso de incidente, tiene que aportar tal documento como prueba documental de que se informó adecuadamente al paciente de los posibles riesgos de la intervención, y que el paciente los aceptó de forma expresa y voluntaria por escrito.

Adaptándonos a los nuevos tiempos, el concepto de escrito ha de entenderse tanto posible bajo la ley 59/2003 de firma electrónica; como del nuevo reglamento eIDAS 910/2014 del Parlamento Europeo, (julio de 2014) relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior. Y es que, en sus Consideraciones previas reglamento # 52, ya indica que  “Debido a sus múltiples ventajas económicas, debe desarrollarse la creación de firmas electrónicas a distancia en un entorno de creación de firma electrónica gestionado por un prestador de servicios de confianza en nombre del firmante.” Además, este decreto regula y promueve los servicios de terceros de confianza independientes, porque la participación de un tercero como Validated ID en la única manera de generar pruebas “robustas” en el proceso de firma.

De hecho, las consideraciones jurídicas al hecho del escrito se pueden resumir, según dictámenes jurídicos colegiales, que “el documento de consentimiento informado en cualquier formato (papel o electrónico) será válido siempre que se pueda demostrar la autenticidad de su firma, a través de cualquier medio, en el supuesto de que se deba hacer valer ante el paciente o de terceros”. Es decir, el sustrato en el que se recoge la firma, sea papel o electrónico, no es lo importante, sino que en caso necesario un perito calígrafo pueda comprobar que no ha podido haber alteración del documento, y pronunciarse sobre la autoría de la firma.

DriCloud integra el servicio VIDSigner

Un servicio jurídico de terceros de la entidad Validated ID, que ofrece las máximas garantías técnicas y jurídicas para la obtención de la firma de los consentimientos informados de los pacientes y la aprobación del facultativo en un formato totalmente digital, quedando el documento electrónico a disposición del firmante y de la Clínica en el momento de la firma y en cualquier otro momento futuro, gracias a estas características:

  • Facilidad de uso. Comprensible y de adopción inmediata.
  • Asegura que el documento que se muestra en el dispositivo coincide con el documento que se va a firmar, y que éste no podrá ser modificado a posteriori.
  • Captura los elementos biométricos dinámicos de la firma y los incrusta en el PDF resultante, pero de forma cifrada bajo clave en custodia notarial, para que nadie (ni Dricloud, ni Validated ID, ni otros) pueda acceder a dichos elementos si el notario no los desbloquea por mandato judicial en un proceso.
  • Protección de la información conforme la Ley Orgánica de Protección de Datos y los procesos de auditoría.
  • Soporte duradero, en un formato criptográfico de firma
  • Responsabilidad jurídica de Validated ID como tercero independiente. Servicio operado por una empresa especialista en derecho de las Tecnologías con la participación de prestadores de certificación reconocidos y notarios.
  • Protección frente a pérdida de documentos, al incluirse en el historial del paciente en Dricloud.

Firma digital de consentimientos y presupuestos

¿QUE DISPOSITIVOS TENGO QUE UTILIZAR PARA LA FIRMA DIGITAL?

Encuentre los dispositivos homologados por VIDSigner:

¿QUE VENTAJAS OFRECE LA FIRMA DIGITAL PARA MI CONSULTA?

  • Almacena directamente la firma del paciente dentro de su historia clínica.
  • Compatible tanto con sistemas Android como con sistemas iOS (iPhone y iPad)
  • Permite personalizar 100% los documentos a firmar: consentimientos informados, cláusula de confidencialidad, presupuestos, cuestionarios de salud, historial médico, revisiones, tratamientos, encuestas de satisfacción
  • Simplifica las tareas de administración reduciendo el tiempo de espera de los pacientes.
  • Aporta al profesional médico y al centro médico un elemento de distinción
  • Los pacientes y facultativos obtienen con la firma electrónica de documentos la seguridad de que dichos documentos no serán alterados en el futuro.
  • Los pacientes y facultativos se aseguran de que la biometría de su firma queda protegida en un notario independiente.
  • Ahorra muchos metros cúbicos de archivos, y asegura que en caso necesario encontrará los documentos que respaldan su buena praxis.

DriCloud, consigue incorporar la documentación a la historia clínica electrónica sin necesidad de almacenar físicamente los documentos firmados, siempre tratando de reducir la cantidad de papel almacenado en los archivos de los centros médicos y reduciendo el riesgo de pérdida e incumplimiento de la LOPD, consentimientos informados y otros..

Día a día van apareciendo nuevas vías de comunicación médico-paciente. Pero la única forma de que dichas vías se puedan utilizar de forma segura es incorporando mecanismos de seguridad y encriptación que garanticen el suficiente nivel de confidencialidad en las transmisiones.

TEMAS |
.
Fondo newsletter