'Ser es defenderse'
Ramiro de Maeztu
Cuidado con los jueces justicieros y las sentencias «ejemplares»
Por Mario Conde
8 de octubre de 2014

 

 

Confieso que una de las expresiones que me causan mas terror ciudadano es esa que califica a una sentencia de “ejemplar”. Algunos argumentan que el Derecho Penal debe tener, además de un efecto punitivo, otro disuasorio, entendido este último como una suerte de “miedo” provocado en la comunidad al conocer, vía sentencia judicial, lo que puede sucederle a un sujeto que delinque. Pues será así, pero lo cierto es que, visto lo visto en las sociedades modernas, antiguas y de toda la vida, eso de disuadir no cuaja demasiado rotundamente, porque la delincuencia es endémica, y está demostrado que el endurecimiento penológico no se traduce en descenso del nivel delictivo, ni siquiera cuando nos referimos a la cadena perpetua o incluso a la pena de muerte. Pero eso, obviamente, no exime a los jueces de dictar sentencias ajustadas a la Ley

Y aquí reside la clave: los jueces no deben sino servir a la Ley. Lo malo, lo terrible, lo que destroza el Estado de Derecho, es que determinados jueces se convierten en legisladores de segundo nivel, de última instancia, de tal manera que con sus hermeneúticas singulares se dedican a plasmar en sentencias lo que la Ley no dice en sus normas. Sucede que si no les complace a su inteligencia o instintos el texto legal, crean el suyo particular por vía de un forzamiento tan grosero como en ocasiones delictivo del producto legislativo. Son los jueces llamados “justicieros”. Pues bien, una suerte, quizás de tono menor, dentro de esa categoría sucede cuando se dictan sentencias con admoniciones morales de fabricación casera que quizás sirvan de liberación emocional a quien las redacta pero que traspasan con mucho la función que la sociedad tiene atribuida a la judicatura.

Los jueces deben obedecer a la Ley y sólo a la Ley y abstenerse en sus sentencias de prédicas morales o de construcciones subjetivas a la carta de sus sentimientos, instintos o intereses. Y cuando un juez viola la Ley de manera deliberada incurre en un delito de prevaricación, y eso sucedería aun cuando con esa violación persiguiera una “justa causa”, porque no es el magistrado el encargado de inventarse a su medida la justicia de una causa, limitándose por imperio de la Ley a actuar con causas legales.

A pesar del voto particular emitido en el caso de Elpidio Silva en lo que conozco de los autos por él dictados y de los movimientos procesales ejecutados, tengo la impresión de que existió ilegalidad. No se si una prevaricación continuada, pero algunas resoluciones me parecen que podrían encajar en ese tipo delictivo. E, insisto, esto es totalmente independiente de que con ellas persiguiera ser “justo”. Quiero decir que es perfectamente compatible que el expresidente de Caja Madrid, M. Blesa, haya cometido uno o varios delitos, con que el juez que instruye su causa traspase los límites de la legalidad e incurra igualmente en una actuación delictiva. La maldad supuesta del supuesto delincuente no elimina la posibilidad de que el juez delinca al perseguirlo. Lo sabemos. Hay muchos ejemplos. Elpidio no es el único.

Pero sí uno de los mas sonados porque su actuación conecta con uno de los mayores escándalos ocurridos en nuestro país: el expolio sin piedad de unas instituciones de crédito que ocupaban con acierto ni mas ni menos que el 50% del sistema financiero español. Y lo peor es que la sentencia que le condena cae en un momento en el que la sociedad contempla atónita y asqueada el uso abusivo hasta decir basta del dinero ajeno por medio de tarjetas de crédito opacas en las que se dilapidaron, que se sepa, mas de 15 millones de euros. Pero nuevamente es posible que ese comportamiento sea delictivo hasta decir basta y que esa calificación no elimine el comportamiento delictivo del juez que investigó a uno de los presidentes de Caja Madrid y ordenó su prisión provisional por dos veces.

La prevaricación es un delito terrible porque implica la ruptura del Juez con la Ley y el Derecho para someterse a los dictados del poder, a sus propias filias, fobias, intereses, sentimientos o resentimientos. Es un ataque directo a la sociedad, que es su primera víctima, aunque la mas inmediata sea el que sufre la arbitrariedad dolosa del juez o tribunal de turno. Pero el castigo que la Ley asocia a la prevaricación es demasiado débil. Debería estas penado con privación de libertad, no solo con pérdida de la carrera, porque prevaricar es atentar directamente contra la sociedad, y hay pocos sujetos mas peligrosos para la sociedad que los jueces prevaricadores. Seguramente aumentar la pena no se traduciría en reducir las prevaricaciones, pero al menos existiría un mayor equilibro entre daño, bien jurídico protegido y pena aplicada

 

Lo malo de la sentencia de Elpidio es que es también es ejemplar en un sentido: cuando te enfrentas al poder es mas fácil que te condenen por prevaricador que cuando prevaricas a su servicio. No es una frase. Tristemente es una realidad. A lo largo de mi vida judicial he visto demasiadas cosas como para seguir creyendo en la existencia de un único rasero, el que marca la Ley. La capacidad del poder, del Sistema, se traduce en muchos campos. Entre ellos, por supuesto, en el de las condenas por prevaricación

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