EXPIRÓ EL 31 DE DICIEMBRE DE 2025
Hacienda mantiene casi 300.000 devoluciones del IRPF de 2024 sin pagar pese a que ya ha expirado el plazo legal
Hacienda mantiene casi 300.000 devoluciones del IRPF de 2024 sin pagar pese a que ya ha expirado el plazo legal
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), y la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero.
Por LGI
16 de febrero de 2026

La Agencia Tributaria mantiene aún sin abonar 291.418 devoluciones correspondientes a la campaña del IRPF 2024, pese a que el plazo legal para efectuarlas expiró el 31 de diciembre de 2025. Según datos oficiales facilitados tras una solicitud de transparencia, a fecha 15 de enero de 2026 se habían pagado 15.710.793 devoluciones de un total de 16.002.211 declaraciones con resultado favorable al contribuyente, lo que deja cerca de 300.000 expedientes pendientes.

Durante la campaña del ejercicio 2024 se registraron 24.727.698 declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. De ese conjunto, aproximadamente 16 millones arrojaron un resultado a devolver. El Ministerio de Hacienda asegura haber abonado ya más del 98% de las cantidades solicitadas. Sin embargo, miles de contribuyentes continúan sin recibir el importe que les corresponde.

La cuestión adquiere relevancia jurídica porque la normativa fija un límite temporal claro. La Administración dispone de seis meses desde el término del periodo de presentación para practicar las devoluciones. Ese plazo concluyó el 31 de diciembre de 2025. A partir de esa fecha, cualquier ingreso pendiente debe incorporar los intereses correspondientes.

En la práctica, la mayor parte de los pagos se tramita en los primeros meses posteriores al cierre de la campaña, sobre todo cuando la declaración no presenta incidencias y puede procesarse de forma automática. No obstante, cuando surgen discrepancias, errores o cualquier circunstancia que requiera revisión, el procedimiento se alarga.

La propia Agencia Tributaria detalla que, tras la presentación de la autoliquidación, se procede a contrastar la información aportada con los datos disponibles en sus bases. Si todo es correcto, la devolución se reconoce sin más actuaciones adicionales. En cambio, si se detectan inconsistencias aritméticas, diferencias en la información o indicios que lo justifiquen, el organismo puede abrir un procedimiento de verificación de datos, comprobación o inspección.

En esos supuestos, el pago queda suspendido hasta que concluye la revisión. Además, el resultado inicial puede modificarse si se aprecian incorrecciones, lo que incluso podría transformar una autoliquidación con resultado a devolver en una liquidación a ingresar.

Por último, al solicitar la cifra total pendiente de abono correspondiente a las 291.418 devoluciones aún no satisfechas, así como las cinco mayores cuantías pendientes, la Agencia Tributaria respondió que «no es posible dar esta información«.

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