
El Tribunal de Instancia de San Bartolomé de Tirajana ha condenado al hombre responsable de interrumpir durante casi nueve meses las celebraciones religiosas y amenazar a sacerdotes y fieles de la parroquia de San Fernando, en la localidad de San Bartolomé de Tirajana, en Gran Canaria.
La sentencia lo condena en firme por tres delitos leves de vejaciones injustas, después de considerar probado que durante distintos días del mes de junio dirigió expresiones de carácter vejatorio contra tres personas vinculadas a la parroquia. Le impone una orden de alejamiento tanto de las víctimas como de la parroquia y una multa económica por cada uno de los delitos.
La Fundación , en su querella, consideró los hechos denunciados constitutivos de los delitos de interrupción de culto (art. 523 C.P.), amenazas (art. 171 C.P.) y coacciones (art. 172 C.P.), al considerar que la conducta del investigado no se limitó a incidentes aislados, sino que perturbó de forma continuada las celebraciones religiosas y generó un clima de intimidación, violencia y miedo entre los miembros de la comunidad parroquial.
Abogados Cristianos celebra esta sentencia y recuerda que ya ha logrado importantes resoluciones favorables en casos similares de ataques a la libertad religiosa como la condena a FEMEN por el asalto a la Catedral de la Almudena.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, considera que «durante nueve meses los fieles de esta parroquia tuvieron que soportar amenazas, insultos e interrupciones simplemente por acudir a misa. Ningún cristiano puede verse obligado a practicar su fe con miedo por el acoso continuado de una persona».
En su opinión, «que la Justicia investigue estos hechos es imprescindible para dejar claro que atacar la libertad religiosa y tratar de impedir por la fuerza el culto católico tiene consecuencias«.