«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
«compartían contenido que justificaban a los grupos terroristas DAESH y Al Qaeda»

Dos acusados de adoctrinamiento yihadista reconocen ante el tribunal los hechos pero no entraran en la cárcel

Fachada de la Audiencia Nacional. Europa Press

El Tribunal de la Audiencia Nacional ha impuesto una pena de dos años de cárcel a dos acusados de auto adoctrinamiento y capitación yihadista a jóvenes y menores de edad a través de la red social Instagram. Sin embargo, después de que Hugo C. y Salim H. reconocieran los hechos, no entraran en prisión dado que la Fiscalía ha propuesto suspender la condena con la condición de que no abandonen la comunidad autónoma donde residen sin autorización judicial.

Durante la vista, que ha durado escasos minutos, ambos acusados han subrayado ante el tribunal que tenían conocimiento del acuerdo de conformidad al que se ha llegado con el Ministerio Público, y el fiscal del caso sólo ha ratificado su escrito de acusación.

El tribunal ha dictado sentencia y ha declarado culpables a ambos de un delito de auto adoctrinamiento y capacitación terrorista, y les ha impuesto la pena de 2 años de prisión, inhabilitación absoluta y especial para los ámbitos docente, deportivo y tiempo libre por 10 años y libertad vigilada de otros 3 años. Además, ha acordado el cierre de los perfiles de redes sociales de ambos.

Compartían contenido que justificaba a los grupos terroristas DAESH y Al Qaeda

En su escrito de acusación, la Fiscalía solicitaba condenar a Hugo C. y Salim H. por los citados delitos que habrían cometido en la aplicación Instagram, donde «compartían y difundían contenidos que, en su gran mayoría», justificaban a los grupos terroristas DAESH y Al Qaeda, «elogiando a los combatientes terroristas».

Asimismo, el Ministerio Público sostenía que «ambos se encontraban inmersos en un proceso de radicalización siendo poseedores de una gran cantidad de material multimedia obtenido de las distintas plataformas, y que hacía referencia a la yihad, a los muyahidines, obteniendo material apologético directamente editado y publicitado por DAESH». La Fiscalía detallaba que «todo ello con el designio deliberado de infundirse, inbuirse o inculcarse y reafirmarse en el ideario de las ya referidas organizaciones terroristas».

El escrito añadía que uno de los acusados «tenía en su poder material multimedia acerca de la preparación de explosivos y uso de armas, editados y difundidos por DAESH y, a través de la cuenta». Además, «publicitaba el eslogan baqiyah baqiyah conocido como el grito de guerra de la organización terrorista». El segundo acusado, según la Fiscalía, seguía al primero «en sus acciones alineándose con los propósitos de éste y por lo tanto, de las organizaciones terroristas yihadistas».

+ en
Fondo newsletter