El Ejecutivo alega el «interés superior del menor»
El Gobierno de Pedro Sánchez oculta informes sobre el traslado y la situación de menas en Canarias pese a la orden judicial del Tribunal Supremo
El Gobierno de Pedro Sánchez oculta informes sobre el traslado y la situación de menas en Canarias pese a la orden judicial del Tribunal Supremo
Menas. Redes sociales
Por LGI
8 de marzo de 2026

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha rechazado hacer públicos los informes quincenales sobre menores extranjeros no acompañados (menas) en Canarias, que el Tribunal Supremo había ordenado elaborar al Gobierno. La decisión se formaliza en una resolución de transparencia, —según publica The Objective—, en la que el ministerio que dirige Elma Saiz deniega facilitar la información y los documentos solicitados al amparo de la Ley de Transparencia.

La obligación de elaborar estos informes se remonta al conflicto surgido en 2025 entre el Gobierno central y el Ejecutivo canario respecto a la gestión de los menores inmigrantes. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ordenó al Estado adoptar medidas para garantizar que los menores no acompañados solicitantes de asilo en Canarias pudieran acceder al sistema estatal de acogida. Para supervisar el cumplimiento de esa orden, el Alto Tribunal exigió la elaboración de informes periódicos sobre la situación y traslado de estos menores.

La solicitud de acceso a los documentos se registró el 4 de septiembre de 2025, requiriendo los informes elaborados hasta ese momento sobre la situación de los menores no acompañados en el archipiélago. Tras analizar la petición, la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional decidió denegar el acceso, al considerar que esos documentos forman parte de un procedimiento judicial en curso.

El Gobierno sostiene que los informes se elaboraron para ser remitidos al Tribunal Supremo en el contexto del litigio entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias sobre la atención a menores inmigrantes. Por ello, el Ministerio invoca el límite previsto en el artículo 14.1.f de la Ley de Transparencia, que permite restringir el acceso a información cuando su divulgación pudiera perjudicar la igualdad de las partes en un proceso judicial o afectar a la tutela judicial efectiva.

Además, el Ministerio argumenta que la difusión de ciertos datos podría afectar al interés superior del menor.

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