«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La resolución permite interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes

El Gobierno multa con más de 300 euros a un ceutí por pesca marítima de recreo mientras rechaza condenar a los invasores que asesinaron un delfín

Pescadores e inmigrantes con la cría de delfín. LA GACETA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una notificación relativa a una multa de 301 euros impuesta a un vecino de Ceuta por una infracción de la normativa sobre pesca marítima de recreo. La sanción contrasta con la falta de información conocida sobre posibles consecuencias judiciales o administrativas para los invasores marroquíes a los que se señaló por golpear a una cría de delfín en aguas de la ciudad autónoma.

La sanción al pescador figura en una resolución de la Consejería de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda de Ceuta, fechada el 22 de septiembre de 2026. La Administración ha recurrido a la publicación oficial después de no conseguir entregar la notificación al interesado en su último domicilio conocido.

El expediente atribuye al afectado una infracción relacionada con la práctica no reglamentaria de la pesca marítima de recreo y establece una multa de 301 euros. La publicación permite al sancionado conocer formalmente la resolución y las vías disponibles para impugnarla.

El caso vuelve a poner el foco en las actuaciones administrativas frente a los incumplimientos de la normativa medioambiental en Ceuta, donde hace unas semanas trascendió otro episodio que generó preocupación por sus posibles consecuencias para la fauna marina.

Una cría de delfín golpeada en aguas de Ceuta

El episodio al que se hace referencia es el de una cría de delfín que murió después de haber sido sacada del agua y golpeada, según las informaciones difundidas entonces. Los hechos fueron atribuidos a varios inmigrantes marroquíes y quedaron recogidos en imágenes que circularon públicamente.

Sin embargo, no consta en la información disponible si aquellos hechos dieron lugar a detenciones, a la apertura de diligencias judiciales o a la imposición de alguna sanción.

La comparación entre ambos episodios pone de relieve la diferencia entre una sanción administrativa concreta, publicada oficialmente y con una cuantía determinada, y un caso de posible maltrato a un animal marino sobre el que no se han difundido públicamente consecuencias posteriores.

Un mes para recurrir la sanción

La notificación publicada en el BOE informa de que los interesados pueden consultar el expediente en las dependencias administrativas de la Plaza de África, número 1, en Ceuta.

Al poner fin a la vía administrativa, la resolución permite interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. También cabe acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con las condiciones y los plazos legalmente establecidos.

La multa de 301 euros se enmarca en la aplicación de la normativa que regula la pesca marítima de recreo. Por su parte, para conocer si hubo consecuencias por la muerte de la cría de delfín sería necesario comprobar si se abrieron diligencias y cuál fue su resultado.

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