La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido la ejecución de la pena de dos años de prisión impuesta a la expresidenta del Parlament de Catalunya, Laura Borràs.
Así lo ha acordado al entender el tribunal que no hay indicadores que señalen «la efectividad» de un eventual ingreso en prisión para lograr el fin último de alejar a Borràs de la actividad delictiva, que también fue castigada con 13 años de inhabilitación y multa.
El TSJC le aplicó en septiembre el indulto parcial a Borràs, que inicialmente fue condenada a 4 años y 6 meses de prisión por delitos de prevaricación y falsedad documental por trocear contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) y se la conmutó por otra de 2 años, con posibilidad de ser suspendida
Ahora, la sala ha acordado suspender la ejecución de la pena de cárcel siempre que cumpla con las condiciones fijadas en el indulto parcial y que no delinca de nuevo en un plazo de 5 años.
También le exige que participe en, al menos, un programa formativo sobre contenidos relacionados con la lucha anticorrupción de las Administraciones Públicas, con una duración mínima de 25 horas.