El último informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) incorpora nuevas apreciaciones sobre el papel de Begoña Gómez en los contratos adjudicados a Deloitte dentro de la cátedra de Transformación Social Competitiva que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid. Según fuentes jurídicas citadas por Libertad Digital, esas conclusiones podrían abrir la puerta a un nuevo delito de prevaricación, que se sumaría a las infracciones penales por las que ya fue procesada por el juez Juan Carlos Peinado.
La investigación se centra en la participación de Deloitte como proveedor de servicios vinculados al desarrollo de una herramienta digital destinada a medir el impacto social y la sostenibilidad en pequeñas y medianas empresas. La Complutense adjudicó a la consultora un total de 78.648,79 euros mediante dos expedientes distintos relacionados con la cátedra impulsada por la esposa del presidente del Gobierno.
El primer contrato fue un contrato menor suscrito en 2022 por 14.999 euros más IVA. Aunque formalmente se articuló un procedimiento con invitación a tres compañías, Deloitte presentó su propuesta en apenas 24 horas. Después, la universidad le adjudicó otro contrato por 60.500 euros, IVA incluido, para prestar servicios de asistencia y asesoramiento técnico y tecnológico en la creación de la plataforma.
La propia Deloitte declaró en sede judicial que su función se limitó a tareas de apoyo y asesoría a la oficina del proyecto, pero sostuvo que no desarrolló el software ni tuvo acceso directo a la herramienta. Ese extremo resulta relevante para la investigación, que analiza si la contratación se ajustó realmente a los servicios prestados y si las condiciones fueron pactadas antes de la tramitación administrativa de los expedientes.
Según el informe de la UCO, Begoña Gómez habría intervenido de manera directa en la definición previa de las condiciones sobre las que después se basarían los trabajos de Deloitte. Los agentes señalan que, como directora de la cátedra y principal impulsora del proyecto, conocía que la consultora había empezado a desempeñar determinadas funciones antes de que se formalizara el contrato menor.
La Guardia Civil también apunta a que Gómez participó en la modificación de la adenda que debía firmarse, eliminando de ese documento el acuerdo real alcanzado con Deloitte. Además, según el informe, promovió que ambos expedientes se ajustaran a unas condiciones que ya habrían sido pactadas con anterioridad.
Entre las actuaciones administrativas que la UCO atribuye directamente a la esposa de Pedro Sánchez figuran la firma de la memoria justificativa del contrato menor, la conformidad de la factura correspondiente y la firma del pliego de prescripciones técnicas del procedimiento abierto simplificado. Para los investigadores, ese pliego habría recogido las condiciones previamente acordadas con la consultora.
El informe añade que, aunque la conformidad de la factura del procedimiento abierto simplificado fue dada por José Manuel Ruano, Begoña Gómez estaba al corriente de los trámites realizados para justificar esa facturación. La UCO sostiene que era consciente del alcance real de los servicios prestados por Deloitte y de que estos se prolongaron más allá del plazo de ejecución del contrato menor, hasta el 27 de junio de 2023.
Fuentes jurídicas consideran que estas conclusiones permiten apreciar indicios de un posible delito de prevaricación. Dichas fuentes sostienen que ese delito se incorporaría a los cuatro ya atribuidos por el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado: corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias y apropiación indebida.
El delito de prevaricación aparece recogido en el artículo 404 del Código Penal. Este precepto castiga a la autoridad o funcionario público que, con conocimiento de su injusticia, dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo. La pena prevista es la inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del sufragio pasivo durante un periodo de nueve a quince años.
La posible aparición de esta nueva calificación penal plantea, además, una cuestión procesal. Las fuentes subrayan que la prevaricación no está incluida entre los delitos que pueden ser enjuiciados por un tribunal del jurado, a diferencia de los otros cuatro delitos que ya figuran en el procedimiento. Por ello, apuntan a que el juez Peinado tendría que resolver cómo encajar procesalmente esta eventual nueva imputación.
El pasado mes de abril, Peinado procesó a Begoña Gómez y a su asesora, Cristina Álvarez, por su presunta implicación en la causa abierta en torno a la cátedra de la Complutense y otros contratos investigados. Ahora, el último informe de la UCO añade un nuevo elemento a la instrucción al situar el foco en la contratación de Deloitte y en la posible existencia de resoluciones administrativas adoptadas con condiciones previamente acordadas.