«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

La Audiencia de Madrid avala el archivo de la querella de Cifuentes a Granados

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado el archivo de la querella presentada por la expresidenta regional Cristina Cifuentes contra el exconsejero Francisco Granados por injurias y calumnias.

En un auto, la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid rechaza el recurso de apelación de Cifuentes contra el archivo de la querella decretado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid en mayo del pasado año.

Cifuentes se querelló contra Granados después de que éste dijera al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón -en el marco de la investigación de la trama Púnica- que ella conocía una «caja B» del PP madrileño con la que se pagaron gastos de «refuerzo» de las campañas de Esperanza Aguirre en 2007 y 2011 y que tenía una relación muy estrecha con Ignacio González.

La titular del Juzgado de Instrucción que archivó el asunto consideró que la conducta del querellado no era encuadrable en los delitos que se le atribuyen, que son los de trato degradante y calumnias e injurias.

La jueza no compartía las razones que invocaba Cifuentes para sustentar la atribución del delito de trato degradante en los comentarios de Granados sobre «la pretendida relación sentimental (de dos personas casadas y con familia) y unos pretendidos delitos para atentar contra la dignidad de una mujer».

«Dichos comentarios no pueden valorarse como una acción de descalificación, humillación, envilecimiento de la entidad o gravedad exigida por la doctrina y la jurisprudencia del tipo penal» de trato degradante, según la resolución, en tanto que argumentó que el exconsejero se limitó a relatar y repetir ante los medios de comunicación lo que había declarado ante la Audiencia Nacional.

Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid comparte el criterio de la juez instructora y entiende que las razones que llevaron a ésta a archivar las actuaciones son las mismas y que, como ya dijo, los hechos denunciados no son constitutivos de delito.

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