
La Audiencia Provincial de Albacete tiene previsto juzgar este martes a dos inmigrantes de origen africano acusados de abordar a dos menores de edad en una calle de la capital albaceteña y ofrecerles dinero a cambio de mantener relaciones sexuales. Según fuentes policiales consultadas por LA GACETA, los hechos ocurrieron el 15 de enero de 2024, alrededor de las 21:30 horas, cuando las dos chicas —de 14 y 16 años— caminaban por la vía pública y fueron interceptadas por los acusados.
Los varones, uno natural de Mali con una solicitud de protección internacional vigente hasta 2027 y otro procedente de Costa de Marfil con autorización de residencia en España, se acercaron a las menores y les propusieron explícitamente mantener relaciones a cambio de dinero. Ante la negativa inicial de las jóvenes, los acusados las empujaron e intentaron introducirlas en un portal cercano. Las menores lograron zafarse y refugiarse en el interior del edificio; sin embargo, cuando salieron, los hombres insistieron nuevamente en que se marcharan con ellos. Las víctimas denunciaron inmediatamente los hechos, lo que derivó en una investigación que ahora llega a juicio.
La Fiscalía acusa a cada uno de los procesados de un delito relativo a la prostitución (con agravante al afectar a una menor de 16 años) y de un delito leve de coacciones. Para cada uno de ellos solicita 18 meses de prisión por el primer delito, tres años por el agravado, y una multa de dos meses con cuota diaria de 12 euros por las coacciones. Además, pide cinco años de libertad vigilada, cinco años de inhabilitación para ejercer derechos de patria potestad, tutela o curatela, y una prohibición de aproximarse o comunicarse con las víctimas (a menos de 500 metros) durante 10 y 6 años respectivamente. También se reclama una indemnización de 1.500 euros a cada menor por daños morales y la prohibición de participar en cualquier actividad que implique contacto directo con menores durante 15 años.
Fuentes policiales consultadas por este medio destacan que la Fiscalía plantea la posibilidad de sustituir las penas de prisión por la expulsión del territorio nacional con prohibición de regreso durante 10 años, al amparo del artículo 89 del Código Penal.
Por su parte, las mismas fuentes señalan que, aunque ambos acusados contaban con algún tipo de autorización administrativa en España (protección internacional en un caso y residencia en el otro).