«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
También ha inadmitido el recurso de Mañueco

La Junta Electoral Central estima los recursos de VOX por la propaganda electoral del PP en plena jornada de reflexión de los comicios en Castilla y León

Carlos Pollán y Santiago Abascal. Flickr

La Junta Electoral Central (JEC) ha estimado los recursos de alzada interpuestos por el representante general de VOX contra los acuerdos de la Junta Electoral de Castilla y León relacionados con la difusión de artículos de opinión durante la jornada de reflexión de las pasadas elecciones autonómicas.

El organismo arbitral ha anulado las resoluciones previas que evitaban entrar en el fondo del asunto, obligando a la junta autonómica a determinar si existió una vulneración de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

En concreto, la formación política ha denunciado la difusión en redes sociales y páginas web de los artículos titulados ‘¿Por qué votar a Mañueco?’ y ‘Mañueco, for president’, publicados en ‘La Razón’ y ‘Diario Palentino’ respectivamente. VOX sostenía que estas publicaciones tenían la «clara intención de influir en el electorado» una vez finalizada la campaña. La JEC ha dictaminado que la administración electoral regional debió valorar si estos hechos constituían una infracción administrativa —más allá de las posibles responsabilidades penales—.

Por otro lado, la autoridad electoral ha inadmitido el recurso presentado por el presidente en funciones de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, contra la incoación de un expediente sancionador. Este procedimiento se había iniciado tras la denuncia de VOX por la difusión pública de una subvención a la asociación ASPACE de Soria durante el periodo electoral.

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