
La esposa del alcalde de Alicante, Luis Barcala, (PP) adquirió en 2006 una vivienda de protección oficial (VPO) en la capital alicantina cuando ya estaba casada con el dirigente del PP, según la documentación registral consultada por este medio. Según publica eldiario.es, la operación, que afecta a una VPO en Alicante, se produjo cuando el hoy primer edil no ostentaba cargo público, aunque formaba parte de la ejecutiva local de su partido como secretario de Estudios y Programas.
La vivienda, de 90 metros cuadrados, se ubica en la promoción Los Lirios, en Alicante, y fue concebida para su destino en régimen de alquiler, principalmente para parejas jóvenes y familias monoparentales. Sin embargo, la esposa del alcalde nunca ha residido en el inmueble, donde actualmente vive una mujer que abona una renta mensual dentro de los límites fijados por la administración.
La adquisición se formalizó mediante subrogación en un préstamo de 68.489,73 euros concedido por Caja Madrid, con un plazo de 132 meses y vencimiento el 27 de julio de 2016. En el momento de la compra, el matrimonio llevaba quince años casado y compartía despacho profesional.
La VPO en Alicante se rige por el decreto 92/2002, de 30 de mayo, del Gobierno valenciano, que regula actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo para el periodo 2002-2005. Entre los requisitos generales figuraba que el inmueble debía destinarse a residencia habitual y permanente, y que los ingresos del núcleo familiar no superaran los 40.000 euros anuales, equivalentes a 5,5 veces el salario mínimo interprofesional de entonces.
La promoción cuenta con zonas comunes y piscina y se encuentra a unos cuatro kilómetros de la urbanización Les Naus, foco de la polémica por la investigación judicial abierta por presuntas irregularidades en adjudicaciones de VPO vinculadas a cargos del PP, familiares y funcionarios municipales.
Preguntado por este asunto, Luis Barcala ha defendido la legalidad de la operación y ha aportado documentación. «Lo comprado es vivienda de nueva construcción de protección pública, calificada definitivamente el 28 de abril de 2005 por la Conselleria de Territori i Habitatge», ha señalado.
Según el alcalde, «hay 12 viviendas dentro del edificio que son para alquiler, no para uso propio de los compradores; y el promotor puede venderlas de alquiler a terceros que asuman el mismo compromiso». En su opinión, «el comprador no tiene que reunir requisitos específicos, sino respetar el régimen de arrendamiento por el plazo previsto y con la renta máxima fijada oficialmente».
Asimismo, ha subrayado que «la obligación del comprador no es ocuparla, sino destinarla a arrendamiento dentro de los precios máximos establecidos», y ha asegurado que «eso es lo que se ha hecho desde el inicio hasta la actualidad». Con todo, el caso vuelve a situar el foco sobre las VPO en Alicante y su adjudicación en el entorno de cargos del Partido Popular.