
Los recursos presentados contra la denominada ley de nietos no estarán resueltos antes de las próximas elecciones. Esa es la conclusión que trasladan fuentes jurídicas a Abc, que consideran muy improbable que el Tribunal Constitucional, el Ministerio de Justicia o la Junta Electoral Central adopten decisiones a tiempo sobre una norma que ha permitido solicitar la nacionalidad española a cerca de 2,5 millones de «descendientes» de españoles.
La controversia gira en torno a la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y a la instrucción aprobada por el Ministerio de Justicia para aplicarla. Mientras la ley exigía acreditar que el exilio obedecía a razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, la instrucción amplió ese criterio a cualquier circunstancia que hubiera motivado la salida de España, pese a que el Congreso rechazó incorporar expresamente los motivos económicos.
Según las citadas fuentes, si finalmente los tribunales concluyeran que la norma o su desarrollo vulneran el ordenamiento jurídico, la corrección tendría que producirse a posteriori, incluso mediante la revisión de nacionalidades ya concedidas.
El principal procedimiento pendiente se encuentra en el Tribunal Constitucional, donde continúan sin resolverse los recursos de inconstitucionalidad presentados por VOX y el PP contra la Ley de Memoria Democrática. Sólo VOX impugnó la disposición relativa a la ley de nietos, por lo que será ese recurso, cuya ponencia corresponde a la magistrada Concepción Espejel, el primero que deba examinar el Pleno. No obstante, el asunto no está previsto para antes del otoño.
VOX sostiene que la norma vulnera la Constitución al establecer, a su juicio, una concepción ideológica del concepto de víctima y al no fijar límites en el grado de parentesco de los descendientes que pueden acceder a la nacionalidad.
El segundo frente permanece abierto en el Ministerio de Justicia. La formación de Santiago Abascal ha solicitado la revisión y suspensión de la instrucción dictada en 2022 por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, al considerar que una instrucción administrativa no puede ampliar el contenido de una ley aprobada por las Cortes.
En esa misma línea, el catedrático de Derecho Constitucional Agustín Ruiz Robledo considera, según recoge Abc, que la instrucción es «claramente ilegal», al entender que un órgano administrativo carece de competencia para modificar los requisitos fijados por una norma con rango de ley. Hazte Oír también ha presentado una querella por presunta prevaricación administrativa contra su autora, Sofía Puente.
El tercer frente afecta al censo electoral. VOX e Iustitia Europa han acudido a la Junta Electoral Central para reclamar la suspensión del voto por correo de los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), la auditoría de las nuevas inscripciones y la revisión de los contratos de externalización vinculados a la tramitación de solicitudes desde el extranjero.
No obstante, las fuentes jurídicas consultadas consideran que las competencias de la Junta Electoral se limitan al ámbito censal y que tampoco por esta vía se esperan decisiones capaces de alterar el proceso antes de una futura convocatoria electoral. Si finalmente hubiera cambios, concluyen, llegarían cuando las nacionalidades ya hubieran sido concedidas y, en su caso, ejercido el derecho de voto.