
La persecución al vehículo privado suma un nuevo episodio en España. A las zonas de bajas emisiones, las restricciones de acceso y la demonización permanente del coche, ahora se añaden los radares de ruido, un sistema que ya opera en varias ciudades y que amenaza a los conductores con sanciones de hasta 3.000 euros por supuestos excesos de contaminación acústica, según informa Libre Mercado.
Desde Pyramid Consulting, firma especializada en la defensa jurídica frente a sanciones administrativas, advierten de que estos dispositivos «ya son una realidad en España» y que distintas administraciones locales han confirmado su intención de ampliar su implantación dentro de los planes de movilidad «sostenible». En la práctica, se trata de un nuevo mecanismo de control y castigo al conductor, con un evidente trasfondo recaudatorio.
La ofensiva encaja con la línea marcada desde la Dirección General de Tráfico, cuyo director, Pere Navarro, ha llegado a afirmar que «el futuro del tráfico será compartido o no será», anticipando un modelo urbano en el que el coche privado queda progresivamente arrinconado. La implantación de zonas de bajas emisiones incluso en ciudades con baja densidad de tráfico, como Soria, ha sido la antesala de esta nueva vuelta de tuerca.
Los radares de ruido ya están operativos en Madrid y Barcelona, siendo esta última la primera en poner en marcha un sistema piloto en 2022 para detectar vehículos que superen los niveles de decibelios permitidos. Otras ciudades estudian seguir el mismo camino, ampliando el cerco normativo sobre los conductores.
Según explica Vicente Ynzegna, responsable de reclamaciones del departamento jurídico de Pyramid Consulting, las sanciones por contaminación acústica oscilan entre los 750 euros —en el caso de infracciones leves— y los 3.000 euros en las consideradas graves. A ello se suman multas adicionales de entre 200 y 500 euros por supuestas alteraciones de las condiciones técnicas del vehículo. Las sanciones pueden imponerse por llevar el escape modificado, circular con la música a volumen elevado o incluso por el uso del claxon fuera de los supuestos estrictamente permitidos.
Aunque las administraciones justifican la medida en el respeto al medioambiente y la seguridad vial, desde Pyramid no ocultan que el afán recaudatorio está presente en este tipo de regulaciones, como ocurre con buena parte de las restricciones impuestas al tráfico urbano en los últimos años. De hecho, la consultora recuerda que estas sanciones son recurribles, especialmente cuando existen dudas sobre la correcta identificación del vehículo o la fiabilidad de la medición acústica.
El sistema plantea además serias dudas jurídicas, ya que en calles estrechas, zonas con rebote sonoro o tráfico intenso puede resultar complicado determinar con precisión qué vehículo es el causante del ruido sancionado. «La administración debe acreditar de forma clara la infracción y aportar pruebas suficientes», subrayan desde Pyramid, advirtiendo de que la falta de precisión técnica puede abrir la puerta a impugnaciones legales.