«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Piden la Orden del Mérito Civil para los guardias civiles en Cataluña

«Por su esfuerzo, entrega, sacrificio personal y porque sus acciones han evitado calamidades públicas», reivindican desde la AUGC.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) está solicitando, a través de cartas remitidas por los secretarios generales provinciales de todas sus delegaciones a las autoridades competentes, la concesión de la Orden del Mérito Civil a los agentes desplazados a Cataluña, incluidos los guardias civiles destinados en la región.
El colectivo argumenta como razón de esta petición la labor que están llevando a cabo estos agentes, “por su esfuerzo, por su entrega, por su sacrificio personal, porque sus hechos ejemplares han redundando y redundan en beneficio del país y porque con sus acciones han evitado calamidades públicas”.
En su escrito, los representantes de la AUGC recuerdan que “los guardias civiles allí trasladados han tenido que soportar la presión de trabajar en un lugar donde una parte de los ciudadanos los consideran ‘fuerzas de ocupación’, soportando insultos y, en algunos casos, incluso la amenaza o agresión”.
“La situación que han tenido y tienen que soportar los agentes no es desconocida -prosigue la carta-. Los compañeros se encuentran lejos de sus familias y lo que suponía una comisión de servicio por un período breve se ha ido incrementando, viendo cómo las normas que regulan una jornada laboral no les es de aplicación hasta el punto de no disfrutar, ni tan siquiera, de un descanso semanal que garantice una recuperación del cansancio tras jornadas de trabajo, en algunos casos, maratonianas”.
Por ello, desde la AUGC recuerdan que “la Orden del Mérito Civil tiene por objeto premiar los méritos de carácter civil, adquiridos por el personal dependiente de alguna de las Administraciones públicas incluidas en el ámbito de la Ley 30/1992, o por personas ajenas a la Administración, que presten o hayan prestado servicios relevantes al Estado, con trabajos extraordinarios, provechosas iniciativas, o con constancia ejemplar en el cumplimiento de sus deberes”.
También señalan que “constituirán méritos a tener en cuenta para la concesión de condecoraciones de esta Orden: a) La prestación de relevantes servicios, de carácter civil, al Estado. b) La realización de trabajos extraordinarios de indudable mérito. c) La laboriosidad o la capacidad extraordinaria, puestas de manifiesto en bien del interés general. d) Las grandes iniciativas de influencia nacional y, en general, los hechos ejemplares que, redundando en beneficio del país, deban premiarse y estimularse”.
Cabe recordar que, desde hace ya más de un mes, los guardias civiles desplazados a Cataluña están defendiendo la legalidad dentro de unas condiciones laborales precarias, alejados de sus familias y lugares de residencia habitual, y haciéndolo además en muchas ocasiones dentro de un entorno hostil.
 
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