La valoración fue emitida el pasado 9 de junio de 2026
La Justicia francesa sentencia que la masonería es incompatible con las obligaciones éticas de los jueces
La Justicia francesa sentencia que la masonería es incompatible con las obligaciones éticas de los jueces
Sala masónica. Redes sociales
Por Unai Cano
23 de junio de 2026

El Colegio de Ética para Jueces del Orden Judicial ha concluido en un dictamen que la pertenencia a organizaciones masónicas puede plantear importantes problemas desde el punto de vista de los principios éticos que deben regir el ejercicio de la función jurisdiccional. El organismo advierte especialmente sobre la necesidad de preservar en todo momento la independencia, la imparcialidad y la neutralidad de quienes integran la carrera judicial.

La valoración fue emitida el pasado 9 de junio de 2026 después de que un magistrado solicitara orientación sobre una situación personal. Según explicó en una consulta remitida semanas antes, había sido contactado por un miembro de una logia que le propuso mantener un acercamiento con la organización, circunstancia que le llevó a plantearse si una eventual afiliación podría resultar compatible con sus responsabilidades profesionales.

Antes de acudir al órgano consultivo, el juez indicó que había analizado diversas publicaciones y estudios relacionados con la masonería. Tras esa revisión preliminar, no encontró elementos que, a su juicio, evidenciaran una incompatibilidad automática con el desempeño de la judicatura. No obstante, decidió recabar una opinión especializada antes de adoptar cualquier decisión.

En su respuesta, el Colegio recordó que los jueces disfrutan de libertad de asociación y pueden integrarse en entidades privadas siempre que dicha pertenencia no comprometa el correcto ejercicio de sus funciones ni genere dudas sobre su objetividad. Sin embargo, subrayó que determinadas características atribuidas a algunas organizaciones, como los compromisos de lealtad interna o las obligaciones de confidencialidad, exigen una especial cautela.

El órgano ético considera que la existencia de juramentos que impliquen vínculos de obediencia, fidelidad o solidaridad preferente hacia una organización externa puede entrar en conflicto con los deberes inherentes al cargo judicial. A su entender, cualquier circunstancia que pueda proyectar una imagen de dependencia o influencia ajena a la ley debe ser analizada con extrema prudencia.

Por ello, el dictamen sostiene que la pertenencia a la masonería podría resultar incompatible con las exigencias éticas de la magistratura cuando los compromisos asumidos dentro de la organización prevalezcan sobre las obligaciones derivadas de la función judicial. Incluso en aquellos casos en los que no exista una incompatibilidad directa, el Colegio considera imprescindible que el juez mantenga una vigilancia constante para evitar cualquier apariencia de parcialidad.

Además, el documento advierte de que estos riesgos pueden incrementarse en ámbitos territoriales reducidos, donde las relaciones personales y profesionales son más estrechas y visibles. Según la valoración realizada, dichas circunstancias podrían generar dificultades adicionales, especialmente para quienes ocupan puestos de mayor responsabilidad dentro de los órganos judiciales.

En definitiva, el Colegio de Ética no establece una prohibición absoluta respecto a la afiliación a organizaciones masónicas, pero sí alerta de que determinadas características de estas entidades pueden entrar en tensión con los principios fundamentales que deben inspirar la actuación de cualquier juez, lo que obliga a extremar las precauciones para preservar la confianza pública en la Administración de Justicia.

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