
Casi tres años después del intento de golpe del 7 de diciembre de 2022, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema del Perú ha confirmado lo que el país sabía desde aquel mediodía en que Pedro Castillo anunció, en directo, la disolución inconstitucional del Congreso: el expresidente y su círculo más cercano conspiraron para la rebelión. Y hoy, finalmente, llegan las condenas.
En un adelanto del fallo, el tribunal concluye que Castillo incurrió en el delito de conspiración para la rebelión con agravante por su condición de presidente de la República, y fija la pena pedida por la Fiscalía: 11 años, 11 meses y 15 días de prisión. También se le impone inhabilitación por dos años, al haber atentado expresamente contra el orden constitucional que juró defender.
La sentencia alcanza igualmente a sus principales colaboradores en el intento de ruptura institucional. La ex primera ministra Betssy Chávez recibe la misma condena: 11 años, 11 meses y 15 días, además de dos años de inhabilitación. El exministro del Interior Willy Huerta enfrenta la misma pena, así como el ex jefe de asesores Aníbal Torres. En los dos últimos casos, la Sala señala que la pena podría quedar suspendida provisionalmente si presentan apelación.
El tribunal sostiene, en mayoría, que el mensaje a la Nación con el que Castillo anunció la disolución del Congreso y la instauración de un «gobierno de excepción» constituye la prueba objetiva de que el exmandatario «se arrogó el ejercicio del poder«, configurándose el supuesto delictivo de rebelión. Los jueces subrayan que los acusados «acordaron atentar contra el orden constitucional» y se organizaron para ejecutar el plan golpista.
La resolución cierra una de las páginas más oscuras de la historia reciente del Perú: un presidente que, rodeado por su círculo más radical, intentó suspender la democracia y terminó detenido de inmediato, tras ser abandonado incluso por su propia escolta.
Hoy la justicia peruana confirma lo evidente: Castillo no fue víctima de un complot, sino el autor de un intento de ruptura del orden constitucional.