«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu

TRIBUNA | JAVIER LÓPEZ |

6 de julio de 2025

La reforma de la ley de asociaciones: punto de no retorno

Pedro Sánchez. Europa Press

El pasado jueves 19 de junio el Congreso de los Diputados llevaba a cabo la última votación parlamentaria de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación. Tal votación culminaba una tramitación que se ha desarrollado en las Cortes Generales a lo largo de todo este curso 2024-25.

Esta Proposición, registrada por el grupo parlamentario socialista el 6 de septiembre de 2024, añade a la Ley Orgánica reguladora del derecho de asociación una nueva disposición con este tenor literal: «Con independencia de los fines y actividades sociales recogidos en los estatutos, y de su inscripción registral, será causa de disolución de las asociaciones, mediante resolución judicial, la realización de actividades que constituyan apología del franquismo, bien ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior o bien enalteciendo a sus dirigentes, cuando concurra menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado de 1936, de la guerra de España o del franquismo, o incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas por su condición de tales».

Como se puede apreciar en este texto, y contra lo que se ha dicho, esta propuesta no se dirige directamente contra la Fundación Nacional Francisco Franco (FNFF), ya que no reforma la normativa de fundaciones, sino la de asociaciones; sus impulsores han declarado que su propósito es evitar que dicha Fundación impida a su vez su ilegalización transformándose en asociación. Esta ilegalización de la FNFF se está tramitando por la vía de una disposición de la Ley de Memoria Democrática. Tanto esta última Ley, como la modificación de la ley de asociaciones que nos ocupa, están contemplando la disolución de personas jurídicas que defiendan el régimen de Franco o a sus dirigentes, si bien añaden los requisitos de que esa defensa vaya acompañada de menoscabo de sus víctimas o incitación a la violencia contra ellas.

Ya se ha dicho que la tramitación de esta iniciativa legislativa ha tenido lugar a lo largo de todo este curso político, y solamente VOX manifestado una oposición firme y sin fisuras en todas las etapas. En octubre se aprobó en el Congreso de los Diputados su tramitación con el voto favorable del PP, y en los meses siguientes se llevaron a cabo las siguientes fases del procedimiento parlamentario en la cámara baja. Se incorporaron pocas de las enmiendas propuestas por otros grupos, una de las cuales daba a las entidades memorialistas legitimación para actuar en los tribunales contra las asociaciones a las que se tache de «franquistas»: un verdadero despropósito que supondrá una «barra libre» para que entidades de extrema izquierda acudan a los juzgados persiguiendo ilegalizar a las asociaciones que contradicen su relato.

En abril la proposición fue remitida al Senado para su tramitación. La secretaría general de dicha Cámara, integrada por los letrados de las Cortes Generales que prestan sus servicios en el Senado, emitió un demoledor informe contra la iniciativa, en el que señalaba su flagrante inconstitucionalidad. Apuntaba para ello distintos argumentos, siendo el principal el hecho de que, contra el principio de igualdad, no se deja fuera de la ley a entidades que puedan menoscabar o incitar a la violencia contra víctimas cuando defienden ideas o sistemas autoritarios o totalitarios diferentes del franquismo; es decir, se trata peor a las asociaciones que defienden el franquismo respecto a las que defienden otros sistemas, sin esgrimir ningún argumento constitucional para ello. Tan contundente era el contenido de este informe, que el grupo del PP en el Senado formuló en dicha Cámara unas enmiendas muy distintas de las presentadas en el Congreso, lo cual es una práctica excepcional, ya que lo normal es que se repitan. Las nuevas enmiendas cambiaban totalmente la Proposición socialista: de ser una propuesta de reforma de la Ley Orgánica de asociaciones, pasaba a ser una propuesta de modificación del Código Penal, para disolver a toda asociación que mediante la violencia o la amenaza de su uso promueva sistemas o principios autoritarios o totalitarios, o hagan apología del terrorismo. Es decir, se había quitado a la Proposición todo su sesgo ideológico específicamente antifranquista.

Recordemos que el sistema bicameral establecido en la Constitución de 1978 da al Senado una posición subordinada en el procedimiento legislativo. Por ello, esas enmiendas incorporadas en la Cámara Alta dependían de que el Congreso, en una votación final, confirmase o descartase su inclusión. Esta votación final es la del pasado día 19 a la que se aludía al principio. Y en ella fueron rechazadas las enmiendas del Senado.

Terminada así la tramitación parlamentaria, la norma, sancionada y promulgada por Felipe VI el pasado día 27, era publicada en el BOE. el 28, siendo de aplicación ya al día siguiente. Por tanto, la ley ha entrado en vigor con la apología del franquismo como causa de disolución de asociaciones y con la legitimación de las entidades memorialistas para instar a ello.

En cuanto al asunto de fondo, la pretensión de la izquierda y del separatismo de poner fuera de la ley a las entidades que llaman «franquistas» no es una novedad, hace muchos años que se ha preparado para ello a la opinión pública con el argumento de que en Alemania no hay asociaciones o fundaciones que defienden a Hitler. Este argumento es absolutamente despreciable y no resiste el menor análisis. Por centrarnos en la represión, el Estado acaudillado por Franco es responsable de decenas de miles de víctimas; pero esa responsabilidad se contrae en el contexto de una guerra civil ideológica en la que el bando contrario provocó decenas de miles de víctimas. Hitler, por su parte, es responsable de guerras de agresión contra numerosas naciones extranjeras, que derivaron en la contienda más devastadora y mortífera de la Historia; y de millones de asesinatos en masa por razones étnicas (además de ideológicas) en los territorios ocupados de Europa oriental. Su hipotética rehabilitación en Alemania generaría una comprensible reacción negativa en los países vecinos afectados por los referidos sucesos, lo cual nunca ocurriría con Franco. En definitiva, es obvio que la aplicación de la reductio ad Hitlerum es aquí más improcedente que nunca; el problema es que esta invocación disparatada no ha sido apenas rebatida.

También es obvio que lo que se quiere poner fuera de la ley son sus principios inspiradores. Se quiere poner fuera de la ley el recuerdo de un Estado sustentado en la unidad nacional, en la inspiración católica de las leyes y en una línea política de antimarxismo incondicional. Con su ilegalización, se atribuye una condición de legitimidad máxima a los enemigos históricos de ese Estado, que son el conjunto de la izquierda y el separatismo.

Ésta es la razón por la que se puede hablar de un punto de no retorno con esta reforma legislativa. Es un paso gravísimo en un proceso que es por sí solo un síntoma incontrovertible de cambio de régimen: la imposición de una ideología oficial. Una ideología oficial que no es inofensiva, sino profundamente erosiva de la unidad nacional, de las instituciones que sustentan la sociedad y de la tradición cristiana de nuestro país. Es sorprendente la tranquilidad y la falta de dramatismo con que la derecha española está asistiendo a la aprobación de leyes ideológicas de la izquierda que convierten su programa partidista y disolvente en doctrina oficial del Estado; casi podría hablarse de indiferencia. La ley aprobada restringe el derecho de asociación, que es constitucionalmente un derecho fundamental y una libertad pública vital en una sociedad democrática, garantizado teóricamente con la máxima protección jurídica. Y esta restricción se hace con violación del contenido esencial del derecho de asociación, con un criterio descaradamente partidista; partidista del Partido Socialista y de sus partidos aliados, separatistas y de extrema izquierda.

La orgullosa impunidad con que el bloque de Sánchez ha aprobado esta medida se refleja en la mínima reacción que ha provocado en la sociedad española. Tanto a nivel de partidos como de sociedad civil y de medios de comunicación, la atención dedicada por los oponentes de Sánchez ha sido escasa, y las muestras de indignación, exiguas.

Hay que insistir: la ley aprobada es un verdadero hito en la implantación, propia de un régimen totalitario, de una ideología oficial. Tal vez la indicada falta de reacción sea más alarmante que la propia ley.

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