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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Las familias monoparentales con dos hijos piden ventajas fiscales

Las familias monoparentales con dos hijos piden, pese una reciente resolución judicial, ser consideradas «familia numerosa», título que sí se concede a quienes han enviudado y tienen dos descendientes.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid decretaba hace unos meses que una mujer soltera y con dos hijos (sin discapacidades) no cumple los requisitos para obtener el título de familia numerosa y los beneficios que comporta. Por contra, sí está considerada familia numerosa lo que ocurre en caso de personas que han enviudado y también tienen dos descendientes.

Es el resultado de la sentencia que se dio a conocer a principios de junio y en la que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ madrileño desestimaba el recurso que una mujer presentó frente a la decisión de la Dirección General de la Familia y el Menor de la Comunidad de Madrid de denegarle esa condición.

La mujer argumentó la existencia de una laguna normativa, dado que la Ley de Protección a las Familias Numerosas, vigente desde 2003, prevé el reconocimiento como familia numerosa en casos de personas que hayan enviudado y tengan dos hijos a su cargo. A su juicio, existía una «perfecta identidad» entre la madre soltera y la madre viuda, de modo que la ley resulta «discriminatoria» para la primera y sus hijos y es inconstitucional al no respetar el principio de igualdad ante la ley.

La mujer detalló que, por esa supuesta discriminación, se ve privada de bonificaciones del 45% en la Seguridad Social si se contrata a una persona cuidadora, de descuentos en la factura del agua y de la luz, de bonificación en el pago del IBI, de preferencia en el acceso a becas y reducción a la mitad de las tasas y precios públicos en la educación y de descuentos en el abono transporte y en el acceso a instalaciones deportivas y museos.

Sí hay diferencias

Pero los jueces discrepan y no creen que haya laguna normativa, sino que el legislador consideró relevante diferenciar las familias monoparentales por elección de aquellas que lo son por fallecimiento de uno de los progenitores. Tampoco aprecian que se quiebre el principio de igualdad ante la ley, puesto que las situaciones que compara no son idénticas. Es decir, la sentencia recalca que no es lo mismo que una familia sea monoparental por el fallecimiento sobrevenido de uno de los progenitores que lo sea desde el principio por elección. El TSJ no solo no da la razón a la demandante, sino que la impone el pago de las costas, aunque las fija «moderadamente» en 300 euros.

Familias monoparentales piden equipararse a las numerosas

La Red Estatal de Entidades de Familias Monoparentales ha demandado una legislación específica para este colectivo, de forma que se les reconozcan derechos parecidos a los que disfrutan las familias numerosas.

Según cifras de la encuesta continua de hogares de 2016 elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, en España existen casi dos millones de familias monoparentales, de las cuales 1,6 millones están encabezadas por mujeres, conocidas como «familias monomarentales». Y, de ellas, alrededor de un 53 % se encuentran en situación de pobreza, indican ONG como Save the Children y Unicef.

Por ello, esta Red, formada por quince entidades, pide una nueva ley de familias monoparentales que regule y especifique las características, derechos y deberes de las mismas, que incluirían beneficios en el transporte, en la elección de centros de estudio o reducción de impuestos.

De esta forma, dicen, se normalizaría a las familias monoparentales y se arreglarían los «agravios comparativos» entre familias de composición idéntica, como las formadas por un progenitor enviudado con dos hijos a su cargo, las cuales sí tienen los beneficios de las numerosas.

«Asociación Madres Solteras por Elección»

En rueda de prensa, la presidenta de la Federación de Asociaciones de Madres Solteras (FAMS), Carmen Flores, ha definido este tipo de familias como «aquellas en las que una persona adulta tiene a uno o varios menores a su cargo, sin compartir la responsabilidad con nadie».

Así, este carné específico de familias monoparentales, que ya existe en regiones como Cataluña o la Comunidad Valenciana, no incluiría a personas divorciadas que compartan custodia pero sí tendría distintas categorías diferenciadas según el número de hijos o la situación del progenitor.

Flores se ha mostrado abierta a trabajar con la Administración y los partidos políticos, para evitar las posibles situaciones de estafa que se pudieran producir. Además, ha lamentado que no existan servicios de conciliación «adecuados», por lo que las madres solteras tienen que decidir entre trabajar o cuidar de sus hijos, pues «nadie paga a las madres por cuidar a sus hijos».

«Existe un problema de natalidad, no nacen niños, pero no ponen medidas para favorecerlo; esa carga no puede recaer solamente sobre las mujeres», ha criticado Flores.

Por su parte, la presidenta de la Asociación Madres Solteras por Elección (entidad que forma parte de la Red), Carmen Cifredo, ha explicado que no quieren «medidas parche» que estigmaticen, sino una estabilidad con la que se visibilice a las familias monoparentales.

Otra de sus demandas es que se amplíe el permiso de maternidad de las madres solteras hasta las veinte semanas, de forma que se le sume las que le corresponderían al otro progenitor.

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