
Un inmigrante marroquí ha sido condenado a tres años de cárcel por agredir sexualmente en tres ocasiones a una mujer en Vitoria y sustraerle después dinero en efectivo y el teléfono móvil. La sentencia fue dictada este martes por la Audiencia Provincial de Álava tras un acuerdo entre las partes, que permitió cerrar el caso sin necesidad de practicar una vista extensa.
El acusado, nacido en agosto de 1980 y vecino de Vitoria, aceptó su responsabilidad en los hechos ocurridos el 30 de junio de 2022. Según quedó recogido en el procedimiento, aquella mañana se encontró con la víctima, con la que mantenía una relación de amistad, cuando ella salía de un cajero automático. Después de tomar algo juntos, la acompañó hasta su domicilio, donde ambos subieron.
Una vez dentro de la vivienda, y sin presencia de testigos, el hombre la forzó pese a la oposición reiterada de la mujer. Durante la agresión, llegó a intimidarla con expresiones dirigidas a quebrar su resistencia, advirtiéndole de que no saldría de allí, que estaban solos en la casa y que nadie acudiría en su ayuda.
Tras los ataques sexuales, el condenado aprovechó la situación de miedo generada para exigirle inicialmente cien euros. Más tarde se apoderó también de los 500 euros restantes que tenía la víctima, así como de su teléfono móvil, antes de abandonar la vivienda. La mujer tuvo que recibir asistencia médica en un centro hospitalario.
La resolución impone al acusado una pena total de tres años de prisión: dos años por el delito de agresión sexual y uno más por el robo. Además, deberá mantenerse alejado de la víctima durante diez años y abonarle una indemnización de 8.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
El encausado compareció ante el tribunal esposado y custodiado por agentes de la Ertzaintza, ya que se encuentra interno en la prisión de Zaballa por otra causa penal. Dos semanas después de la agresión sexual, se vio implicado en una tentativa de homicidio al apuñalar en el cuello a otro conocido, presuntamente en el marco de un ajuste de cuentas. La víctima de aquel ataque sobrevivió porque el agresor no llegó a retirar la funda del cuchillo.
La condena finalmente impuesta supone una rebaja considerable respecto a la petición inicial, que ascendía a nueve años de prisión. La reducción fue posible por el reconocimiento de los hechos y por la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, ya que la causa permaneció paralizada de forma injustificada durante un año, tres meses y 21 días.
El acuerdo fue aceptado antes del inicio de la vista por la Fiscalía y la acusación particular, representadas respectivamente por Fidel Cadena y Silvia Aldekoa, tras la propuesta planteada por Sara Lorenzo, abogada del acusado. Como elemento en contra del condenado se tuvo en cuenta la agravante de reincidencia.
Fuentes policiales y judiciales lo describen como una persona conocida desde hace más de quince años por la Ertzaintza, la Policía Local y los juzgados. También lo consideran un individuo violento, con antecedentes y presencia habitual en procedimientos penales.
Tras admitir su autoría, los magistrados Jesús Poncela, Elena Cabero y Ana Zulueta dictaron sentencia en el mismo acto, cerrando así un procedimiento iniciado casi cuatro años después de los hechos.