Un procurador de tribunales ha presentado esta semana, una denuncia administrativa ante el Rectorado de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) para que se examine si el autoplagio detectado en la tesis doctoral del vicepresidente primero del Gobierno y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, podría constituir causa de nulidad de pleno derecho de su título de doctor, según informa okdiario.
El escrito sostiene que la eventual reutilización sustancial de un trabajo previo podría afectar al requisito esencial de originalidad, exigido por la normativa estatal en materia de enseñanzas de doctorado. En este sentido, se invoca la legislación administrativa vigente para plantear la posible revisión de oficio del título académico.
La controversia se originó tras la publicación de informaciones que apuntan a que el capítulo tercero de la tesis, defendida en junio de 2017, reproduce de manera significativa un artículo de 2012 elaborado por el propio Cuerpo junto a la profesora Pilar Poncela. Dicho documento, registrado como trabajo de investigación, presenta similitudes estructurales y textuales con el contenido incorporado posteriormente a la tesis.
El Código Ético de la UAM establece la necesidad de evitar prácticas como la doble publicación o el autoplagio, mientras que organismos internacionales en ética editorial consideran que la reutilización de material propio sin adecuada atribución puede constituir una infracción académica. No obstante, la denuncia plantea que la cuestión trasciende el plano ético para situarse en el ámbito jurídico-administrativo.
El denunciante argumenta que la normativa reguladora del doctorado exige que las tesis incorporen resultados originales de investigación. En consecuencia, la eventual ausencia de este requisito podría implicar la invalidez del acto administrativo que otorgó el título, conforme a los supuestos contemplados en la ley.
Asimismo, se solicita la apertura de actuaciones previas, incluyendo una comparación técnica independiente entre los documentos, así como la preservación íntegra del expediente académico. En caso de confirmarse los indicios, se propone la incoación de un procedimiento de revisión de oficio.
El Rectorado deberá decidir si admite a trámite la denuncia o procede a su archivo mediante resolución motivada. Dicha decisión podría ser objeto de recurso en la jurisdicción contencioso-administrativa, en función de su contenido y fundamentación.