El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha ratificado la sentencia del Juzgado nº 1 de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres por la que se condena al Ayuntamiento de Valdefuentes por colocar una pancarta en contra de la Ley de Amnistía cuando se encontraba en trámite parlamentario.
La demanda fue interpuesta por el Grupo Municipal Socialista alegando que incumplía el deber de objetividad y neutralidad de una institución. En este sentido, la sentencia recoge jurisprudencia ya consolidada como que «la entidad local, por lo tanto, no puede actuar en representación o al servicio de grupos o colectivos de un determinado signo político sino al servicio del interés general».
Según ha informado el portavoz del Grupo Municipal Socialista, Rafael Rubio, «el Ayuntamiento se extralimitó en sus competencias dejando claro que la acción del gobierno local excede de la estricta competencia municipal pues oponerse y criticar la tramitación por aquel entonces de una Ley (ahora ya aprobada) supone no respetar el régimen de competencias establecidos en la Constitución».
Además, lamenta que «este sentencia vaya a suponer un gasto público innecesario para la ciudadanía valdefuentaña por el capricho político del gobierno local, que quiso entrar en guerras absurdas ajenas a los intereses del municipio». Señala también que «se montó un espectáculo a todos los niveles sobre un tema que ahora han dejado totalmente aparcado».