«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Las fuentes citadas cuestionan expedientes tramitados en el norte de Marruecos

El Gobierno de Sánchez nacionalizó por la ‘ley de nietos’ a descendientes de supuestos exiliados que «huyeron de Franco» a ciudades bajo su control

Pedro Sánchez. Europa Press

La aplicación de la conocida como ley de nietos en los consulados españoles del norte de Marruecos está bajo el foco de una información publicada por Libertad Digital. Fuentes que el periódico identifica como conocedoras del procedimiento cifran en cerca de un millar las nacionalizaciones concedidas mediante la Ley de Memoria Democrática en oficinas como las de Tánger, Tetuán y Nador.

Estas fuentes cuestionan que determinados expedientes puedan justificarse por una supuesta huida del franquismo cuando los lugares de destino estuvieron bajo control de las autoridades españolas durante la dictadura. El artículo vincula esas concesiones con la incorporación de nuevos electores al censo exterior.

Sin embargo, la información facilitada no incorpora expedientes individualizados ni resoluciones que acrediten concesiones fraudulentas, y tampoco permite determinar cuántos beneficiarios obtuvieron la nacionalidad alegando específicamente el exilio de sus antepasados.

El debate sobre el antiguo Protectorado

El argumento de las fuentes se centra en la situación histórica de Tetuán y Nador, integradas en el Protectorado español de Marruecos hasta 1956. Tetuán fue, además, su capital administrativa y sede del Alto Comisario.

Las fuentes consideran contradictorio presentar esos destinos como refugios frente a un régimen que ejercía allí su autoridad. La información también menciona Tánger, aunque su situación fue diferente: tuvo un régimen internacional y estuvo ocupada por España entre 1940 y 1945.

Estas diferencias resultan relevantes para examinar cualquier solicitud que invoque persecución política. La residencia de un antepasado en una determinada ciudad, por sí sola, no identifica la vía jurídica utilizada por sus descendientes para solicitar la nacionalidad.

La instrucción contempla una vía sin acreditar exilio

La instrucción de 25 de octubre de 2022, firmada por Sofía Puente, distingue dos supuestos de acceso dentro del primer párrafo de la disposición adicional octava.

Por una parte, incluye a los nacidos fuera de España con padres o abuelos originariamente españoles. Por otra, contempla a los descendientes de quienes perdieron o renunciaron a la nacionalidad como consecuencia del exilio. Por tanto, no todas las concesiones efectuadas mediante esta norma requieren demostrar una huida del franquismo.

La denuncia publicada plantea preguntas sobre los controles aplicados a los expedientes. Para acreditar irregularidades concretas, no obstante, sería necesario conocer qué supuesto invocó cada solicitante, qué documentación presentó y cuál fue la resolución administrativa. La cifra de nacionalizaciones atribuida a esos consulados no demuestra, por sí misma, un fraude electoral.

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