«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
También eliminan el delito de ofensas contra los sentimientos religiosos

El PSOE registra una ley que reformará la acusación popular y prohibirá admitir querellas basadas en informaciones periodísticas

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. Europa Press

El PSOE ha presentado en el Congreso de los Diputados una propuesta de ley destinada a limitar las herramientas legales que pretenden limitar sus poderes a través de la vía judicial. Según fuentes del partido adelantan a ElDiario.es, esta iniciativa busca «combatir la difamación y persecución sistemática» contra artistas, periodistas, políticos de izquierdas y otros colectivos a través de «mecanismos judiciales manipulados para acosar y excluir». Es decir, señalan la existencia de ‘lawfare’ en el sistema judicial español.

Uno de los principales cambios que introduce esta reforma afecta a la figura de la acusación popular, que quedará restringida a la fase de juicio oral y la presentación inicial de querellas. Esta medida tiene como objetivo, según adelantan, «evitar la instrumentalización de procesos judiciales con fines políticos y poner fin a las filtraciones de diligencias judiciales», algo que el PSOE considera una práctica sistemática por parte de sectores conservadores. Además, la acción popular quedará limitada a aquellos que acrediten un vínculo «concreto, relevante y suficiente» con el interés público tutelado en el caso; es decir, quienes ellos consideren.

El texto también prohíbe que partidos políticos, asociaciones o fundaciones vinculadas a ellos puedan ejercer la acción popular. Se añadirá, además, un requisito de fianza proporcional a los recursos económicos del acusador popular, la gravedad del delito y los posibles costos derivados del procedimiento. Según la proposición de ley, esta fianza será obligatoria si el fiscal no asume la acusación.

Otro punto relevante del que llevan meses hablando es la eliminación del delito de ofensas contra los sentimientos religiosos, actualmente recogido en el artículo 525 del Código Penal. Además, la reforma incluye una modificación en la Ley Orgánica del Poder Judicial para impedir que jueces y magistrados realicen declaraciones públicas de contenido político. En caso de incumplimiento, podrán ser recusados y apartados de los casos que involucren a las personas o entidades sobre las que se hayan pronunciado.

Esta iniciativa del Gobierno, según expone el PSOE, responde al aumento de «estrategias lesivas contra derechos fundamentales» empleadas por «sectores autoritarios que buscan excluir de la vida pública a personas con opiniones contrarias». El ministro de Justicia ya había alertado en el Parlamento sobre el uso indebido de la figura de la acusación popular por parte de algunos grupos para «perseguir a políticos progresistas y sus familias».

La reforma también obliga a actualizar el Real Decreto de 1882 que regula la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de modo que ni los partidos políticos ni las entidades públicas puedan ejercer la acción popular. Asimismo, será indispensable que quienes pretendan hacerlo demuestren ante la autoridad judicial la relación o interés directo que los vincula al caso.

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