
El Tribunal Supremo ha señalado que considera aplicable la ley de amnistía al expresidente golpista catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, a la vez que ha confirmado su decisión de levantar la orden de detención contra él.
Así lo ha acordado el magistrado instructor del proceso golpista, Pablo Llarena, al entender extensible a su caso la doctrina sobre la concesión de la amnistía al delito de malversación fijada en la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsejera Dolores Bassa.
Llarena, de esta forma, desestima el recurso de presentado por la acusación popular de VOX contra su decisión del pasado 6 de octubre, que dejó sin efecto provisionalmente dichas órdenes de detención contra Puigdemont y el exconsejero golpista Toni Comín.
El instructor señala que la doctrina del Constitucional debe aplicarse, aunque no se compartan las razones en las que se apoya, sin que la discrepancia condicione o retrase el cumplimiento de lo resuelto por la corte de garantías.
Además, indica que este pronunciamiento se limita al alzamiento de las órdenes y no constituye «la conclusión de un sumario pendiente de determinados recursos, ni sustituye a la resolución definitiva sobre la extinción de la responsabilidad y el sobreseimiento que corresponda adoptar por el órgano competente».
En este sentido, Llarena recuerda que en el procedimiento ordinario ese pronunciamiento corresponde a la Sala de lo Penal del alto tribunal.