confirma la autorización para destruir el material
El Supremo rechaza entregar a Puigdemont el material incautado del golpe separatista del 1-O
El Supremo rechaza entregar a Puigdemont el material incautado del golpe separatista del 1-O
El presidente de Junts per Catalunya Carles Puigdemont. Europea Press
Por LGI
22 de julio de 2026

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont contra la destrucción del material intervenido durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 en Cataluña. Puigdemont solicitaba que los objetos le fueran entregados por su supuesto «valor histórico, testimonial y patrimonial».

La Sala de lo Penal confirma la autorización concedida a los Mossos d’Esquadra para destruir el material, aunque establece que deberá conservarse al menos una muestra de cada tipo de objeto incautado.

Puigdemont había pedido recibir estos efectos en calidad de depositario para garantizar su custodia, conservación y preservación. A su juicio, se trataba de elementos vinculados al legado histórico, institucional y memorial de Cataluña.

El Supremo, sin embargo, considera «obviamente improcedente» su entrega al expresidente catalán, al entender que no posee ningún derecho de propiedad sobre el material ni cuenta con legitimación patrimonial o competencia pública para conservarlo.

Los magistrados sostienen además que no existe ningún motivo para mantener indefinidamente estos objetos en los almacenes policiales. Según el tribunal, su conservación prolongada solo provocaría un deterioro progresivo que podría terminar causando su pérdida definitiva.

El alto tribunal considera también que la destrucción no impedirá que el material pueda ser examinado en otros procedimientos judiciales, ya que se conservarán las muestras correspondientes. Asimismo, descarta la necesidad de consultar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, dado que los efectos se encuentran a disposición del Supremo.

La Sala ha rechazado igualmente los recursos presentados por el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y el exconsejero Raül Romeva, que también se habían opuesto a la destrucción del material.

En su resolución, los magistrados cuestionan que los objetos incautados puedan ser considerados bienes de valor político, institucional, histórico o patrimonial. A la vista de los hechos juzgados y de la sentencia condenatoria dictada en su momento, el tribunal califica de «discutible» e incluso «sorprendente» que se atribuyan al material esas connotaciones.

Noticias de España