El juez Pablo Llarena ha rechazado de plano su recusación solicitada por la expresidenta del Parlament de Cataluña Carme Forcadell al considerarla «extemporánea».
El Tribunal Supremo (TS) ha suspendido la vista para estudiar los recursos presentados por el expresident catalán Carles Puigdemont, el exvicepresident Oriol Junqueras y otros doce inculpados contra los procesamientos dictados en el caso abierto por el «procés».
Fuentes jurídicas han informado de que la Sala ha suspendido sin nueva fecha la vista de hoy por un error en la tramitación del recurso del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.
Cuixart presentó un recurso de reforma subsidiario de apelación, es decir, que si el juez Pablo Llarena lo rechazaba -como así sucedió- el mismo escrito se elevaba a la Sala de Apelaciones, sin necesidad de presentar un nuevo recurso.
En cambio el resto de investigados presentaron un recurso de reforma ante el juez y luego otro ante la Sala de Apelaciones.
La Sala admitió todos los recursos de los investigados y dio traslado a las partes para hacer alegaciones de los mismos, pero con el de Cuixart no sucedió así debido a que, al ser subsidiario de apelación, la Sala lo elevó de forma automática sin informar a las partes para hacer las alegaciones correspondientes.
De esta forma, añaden las fuentes, las partes no han podido conocer cuales son las alegaciones de Cuixart ni su estrategia procesal, por lo que no pueden decidir si se adhieren u oponen al mismo, es decir, no se les ha dado traslado del escrito del presidente de Òmnium.
Ante esta situación, la Sala ahora sí ha dado traslado a las partes del recurso de Cuixart, las cuales disponen de un plazo de cinco días para hacer las alegaciones que consideren oportunas, antes de fijar una nueva fecha para la vista conjunta de los recursos de los investigados.
El juez Llarena procesó por delitos de rebelión, malversación o desobediencia a miembros del Govern y del Parlament, así como a dirigentes independentistas.
Recurrieron sus procesamientos, además de los citados, los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Carles Mundó, Lluís Puig y Clara Ponsatí; los exparlamentarios Josep Nuet, Anna Simó y Carme Forcadell, y el excandidato a president y diputado de JxCAT Jordi Sànchez.
Todos ellos recurrieron y ahora la Sala que revisa las decisiones de Llarena en el Supremo deberá fijar una vista a puerta cerrada con presencia de los abogados defensores, fiscal, abogado del Estado y acusación popular (esta última también ha recurrido pidiendo agravar las acusaciones por las que se procesa a los inculpados).
El Supremo ha rechazado las peticiones de los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull y del expresidente de la Asamblea Nacional de Cataluña Jordi Sànchez de estar también presentes en la vista, «al no ser preceptiva su presencia».
Los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull y el diputado de JxCat Jordi Sànchez recurrieron ante el Tribunal Supremo su procesamiento argumentando que, a diferencia de su caso, nadie ha sido acusado de sedición por las protestas contra La Manada, en las que un ministro tuvo que salir escoltado (en referencia al ministro de Justicia, Rafael Catalá).
En su escrito, defienden que las concentraciones del 1 de octubre o del 20 de septiembre de 2017 ante la Consellería de Economía son «actos legítimos de protesta ante actuaciones judiciales».
Puigdemont alegó en su recurso que durante la celebración del referéndum ilegal de independencia del 1-O no hubo «ningún tipo de violencia», por lo que no cree justificado el delito de rebelión que se le imputa.
Mientras que Junqueras denunciaba en el recurso contra su procesamiento por rebelión que sufre un «calvario inmerecido» por las «piruetas argumentativas» con las que el juez del Supremo Pablo Llarena pretende «criminalizar» al independentismo, pese a la «evidente falta de violencia».
Llarena rechaza por fraude procesal la recusación de Forcadell
El juez Pablo Llarena ha rechazado de plano su recusación solicitada por la expresidenta del Parlament de Cataluña Carme Forcadell al considerarla «extemporánea», por llegar más de seis meses después de iniciarse la investigación, y en «manifiesto fraude procesal», una decisión que no es recurrible.
Forcadell presentó el pasado 1 de junio un incidente de recusación contra el magistrado del Tribunal Supremo ante su falta de imparcialidad objetiva, al manifestar que tiene un posicionamiento respecto de la causa que responde a sus previas concepciones políticas y personales.
Pero Llarena inadmite a trámite la recusación y destaca que lo que pretendía Forcadell no era otra cosa que «excluir y sustituir a su conveniencia al instructor predeterminado por la ley», mediante una recusación planteada a los seis meses de abrirse el procedimiento, cuando la ley obliga a presentarla tan pronto como se tenga conocimiento de la causa por la que se solicita.
Y cree que con esta maniobra Forcadell perseguía inhabilitar al resto de integrantes de la Sala de lo Penal para el juicio por tener que revisar previamente casi toda la instrucción.
El resultado hubiese sido «una quiebra completa de la competencia enjuiciadora de la Sala», dice el auto de Llarena, cuya decisión es firme y por lo tanto no sujeta a recurso alguno.