«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Los fallos que se conocerán este jueves serán vinculantes para los órganos judiciales españoles

El TJUE decide este jueves si avala la amnistía que Sánchez pactó con los separatistas para mantenerse en el poder

Dibujo de Pedro Sánchez y Carles Puigdemont. Europa Press

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictará este jueves las dos primeras sentencias sobre la compatibilidad de la Ley de Amnistía con el Derecho de la Unión Europea. La Gran Sala de Luxemburgo resolverá las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, en unos fallos que marcarán la interpretación de la norma impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez para amnistiar a los implicados en el golpe separatista.

Las sentencias llegan después de que el TJUE recibiera cuatro cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Amnistía. Las resoluciones de este jueves serán las primeras en fijar la posición del Alto Tribunal europeo sobre una norma que ha generado una fuerte controversia política y jurídica desde su aprobación.

Puigdemont y el uso de fondos públicos

Una de las resoluciones responderá a la consulta planteada por el Tribunal de Cuentas sobre la responsabilidad contable del expresidente catalán Carles Puigdemont y otros dirigentes separatistas por el uso de fondos públicos para financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la acción exterior del ‘procés’.

En noviembre del pasado año, el abogado general del TJUE, Dean Spielmann, concluyó que la ley no afecta a los intereses financieros de la Unión Europea al no existir, a su juicio, un vínculo directo entre esos gastos y el presupuesto comunitario.

No obstante, también advirtió de una posible incompatibilidad parcial con el Derecho europeo al considerar que el plazo máximo de dos meses previsto por la Ley de Amnistía para decidir sobre su aplicación puede resultar insuficiente para determinar si los fondos empleados eran nacionales o europeos y cuál fue su utilización efectiva.

La amnistía de los CDR

La segunda sentencia dará respuesta a la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional sobre la aplicación de la amnistía a varios miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR), investigados por delitos de terrorismo.

En su dictamen, Spielmann sostuvo que la Ley de Amnistía no entra en conflicto con la directiva europea de lucha contra el terrorismo y rechazó que pueda calificarse como una «autoamnistía», una tesis que sí defendió la Comisión Europea durante la vista celebrada ante la Gran Sala.

El abogado general consideró que la norma fue aprobada en un «contexto real de reconciliación política y social» y sostuvo que cumple los estándares fijados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos al excluir expresamente los actos que hayan causado de forma intencionada violaciones graves de los derechos humanos.

Un pronunciamiento con efectos vinculantes

Las conclusiones del abogado general no son vinculantes, aunque habitualmente sirven de orientación para las sentencias del TJUE.

Los fallos que se conocerán este jueves sí serán vinculantes para los órganos judiciales españoles que elevaron las cuestiones prejudiciales y constituirán una referencia para el resto de procedimientos pendientes sobre la aplicación de la Ley de Amnistía, sobre la que el tribunal europeo aún debe pronunciarse en otras dos cuestiones planteadas por tribunales españoles.

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