El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia contra cuatro magrebíes condenados por violación y agresión sexual en manada, rechazando el recurso de casación interpuesto por las defensas de dos de ellos. Los hechos tuvieron lugar el 26 de febrero de 2021 en un parque de Puerto Rico, Mogán (Gran Canaria), donde la víctima fue atacada y sometida a agresiones sexuales múltiples por los acusados.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ya había emitido una sentencia contundente que condenaba a 42 años de cárcel a Aziz Laghribi, considerado el principal responsable, y a 36 años de prisión a los otros tres implicados: Mohammed El Bazouni, Hicham El Adnanny y Hamza Ez Zahaf, todos de origen magrebí y en situación ilegal en España. Además, los condenados deberán indemnizar de forma conjunta a la víctima con 15.000 euros, según adelanta el diario Canarias7.
Según el fallo, Aziz Laghribi fue encontrado culpable de dos delitos de violación y de haber sido cooperador necesario en otros tres delitos de agresión sexual. El resto de los acusados, Mohammed El Bazouni (34 años), Hicham El Adnanny (26 años) y Hamza Ez Zahaf (23 años), cometieron cada uno un delito de violación y actuaron como cooperadores necesarios en otros cuatro, lo que les valió las condenas de 36 años a cada uno.
La sentencia detalla que la noche del 26 de febrero de 2021, alrededor de las 22.45 horas, la víctima, una turista noruega, caminaba sola por el parque del barranco de Agua La Perra. Fue entonces cuando Aziz Laghribi se acercó a ella, agarrándola de la muñeca y obligándola a dirigirse a una zona apartada, donde esperaban los otros tres condenados. Actuando de manera premeditada, con la clara intención de agredir sexualmente a la mujer, los hombres se turnaron para violarla vaginal y analmente. Laghribi lo hizo en dos ocasiones.
Durante el juicio, los acusados alegaron falta de pruebas y errores en la valoración del testimonio de la víctima, además de denunciar la vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, el Tribunal Supremo desestimó estos argumentos, al considerar que las pruebas habían sido correctamente valoradas tanto por la Audiencia Provincial como por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
El Tribunal destacó la firmeza del testimonio de la víctima, así como las pruebas periciales que incluían evidencias de ADN y mensajes incriminatorios en el móvil de uno de los acusados. La implicación de cada uno de los procesados quedó clara, ya que todos contribuyeron a crear una situación de intimidación que permitió que las violaciones se llevaran a cabo.