Una sentencia del Juzgado número 9 de Barcelona obliga al Ayuntamiento de Badalona a volver a colocar la imagen del Rey en el salón de plenos del Consistorio, tras retirarla después de la entrada del nuevo Gobierno municipal en 2015.
El tercer teniente de alcalde de Badalona, José Téllez, ha anunciado este miércoles que el equipo de abogados del Ayuntamiento ya está preparando los trámites necesarios para presentar el recurso de apelación, que se debe entregar dentro de los quince días siguientes a la notificación de la sentencia.
En el auto, el juez ha declarado la obligación del Ayuntamiento de «colocar el retrato del Rey en un lugar preferente y de honor del salón de plenos», en cuanto a lo establecido por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, un real decreto de 1986.
Sin embargo, Téllez ha asegurado que esta normativa de 1986 a la que alude el juez «se hizo para anular la simbología franquista» y se trataba de una norma «transitoria», cuyos artículos tendrían que acabar de regularse en los reglamentos municipales.
«En el Reglamento del Ayuntamiento de Badalona no aparece que sea obligatoria la presencia de la efigie del jefe de Estado en la sala de plenos. Nosotros defendemos la autonomía municipal en este sentido y defendemos que no es obligatoria la presencia de la efigie del ciudadano Felipe de Borbón», ha señalado Téllez.
Estos mismos argumentos ya habían sido esgrimidos por el Gobierno municipal en 2015, cuando la delegación del Gobierno en Cataluña envió un requerimiento al Consistorio para que volviera a colocar el retrato de Don Felipe, a lo que el Ayuntamiento de Badalona se negó, desencadenando así los procesos judiciales.
Téllez ha explicado que la decisión de retirar la imagen del jefe de Estado de la sala de plenos se debió a que «en esa sala reside la soberanía municipal, pues ahí se sientan los cargos electos por la ciudadanía de Badalona, y por lo tanto no toca que haya la imagen de una persona que ostenta un poder por derecho hereditario».
El tercer teniente de alcaldía ha señalado, además, que uno de los argumentos que utilizaron en la defensa fue que el Estatuto de Autonomía otorga a la Generalidad de Cataluña la competencia en materia de régimen local.
Sin embargo, el juez se ha valido de la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 sobre el Estatuto (STC 31/2010) para argumentar que la competencia de la Generalidad en materia local «no excluye que el Estado pueda dictar normas básicas, igualmente de régimen local», dejando claro que siempre prevalece la ley superior.
Por otro lado, en la sentencia también se señala que la normativa de 1986 «no está regulando tanto un aspecto organizativo» del ente local como «el tratamiento de la Jefatura del Estado que, como símbolo, cumple una función cercana al uso de las banderas oficiales», y por lo tanto debe estar presente en el salón de plenos.
Téllez ha asegurado que con este tipo de sentencias lo que se busca es «sentar un precedente» y hacer jurisprudencia para tratar casos parecidos, como la retirada en 2015 del busto del Rey emérito, Juan Carlos I, del Ayuntamiento de Barcelona.
El tercer teniente de alcaldía ha señalado que recurrirán la sentencia y que, «mientras no haya una sentencia firme, la efigie del ciudadano Felipe de Borbón no estará en esta sala de plenos».
Badalona, que es la tercera ciudad más poblada de Cataluña, está gobernada desde 2015 por una coalición de izquierdas formada por Guanyem Badalona, ICV, ERC y PSC; y desde entonces han tenido distintos roces con el Estado, por ejemplo debido a la decisión de abrir el Consistorio y trabajar durante el 12 de octubre, Día de la Hispanidad.
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