«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La Gaceta de la Iberosfera
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
PP y VOX han votado en contra

La Diputación de León aprueba con el voto del PSOE una moción para crear una comunidad autónoma propia

Más de 35.000 leoneses piden oportunidades para una provincia "muerta"

El pleno de la Diputación de León aprobó este miércoles una moción presentada por Unión del Pueblo Leonés (UPL) que solicita la creación de una comunidad autónoma propia para la Región Leonesa, conformada por las provincias de León, Zamora y Salamanca. La moción salió adelante con el apoyo de UPL y PSOE, mientras que PP y VOX votaron en contra.

El diputado leonesista Valentín Martínez destacó que la autonomía leonesa cumpliría fielmente el artículo 143 de la Constitución, y subrayó la disconformidad de la mayoría de los leoneses respecto a su integración en la comunidad autónoma de Castilla y León. Recordó la manifestación de 100,000 leoneses en mayo de 1984 y las recientes protestas en febrero de 2020, en las que miles de personas reclamaron la autonomía para la Región Leonesa.

Esta demanda institucional ha sido apoyada por 63 ayuntamientos, Entre estos se encuentran importantes poblaciones como León, San Andrés del Rabanedo, Villaquilambre, Sahagún, Sariegos, Valverde de la Virgen, Cistierna y Santa María del Páramo. El último en unirse fue el municipio de Toral de los Vados, en la comarca del Bierzo, junto con los zamoranos de Manganeses de la Polvorosa y Morales de Rey, y el salmantino de Serradilla del Arroyo.

La aprobación de esta moción en la Diputación de León busca, según UPL, «revertir un agravio cometido contra una región histórica de España como la leonesa», UPL considera que la actual configuración autonómica de León, Zamora y Salamanca dificulta el cumplimiento del artículo 138.1 de la Constitución, que obliga a las instituciones a fomentar un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y el principio de solidaridad entre todos los españoles recogido en los artículos 2 y 156.1 de la Constitución.

+ en
.
Fondo newsletter