«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La Gaceta de la Iberosfera
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

El Constitucional mantiene suspendida la candidatura de Puigdemont

El Constitucional ha decidido aplazar su decisión sobre si admitir o no a trámite el recurso del Gobierno contra la convocatoria de un pleno del Parlament para elegir telemáticamente a Carles Puigdemont president de la Generalitat y, por ahora, mantiene la suspensión de su candidatura.

El alto tribunal, ha decidido por unanimidad dar diez días al Gobierno de la Nación, al Parlamento de Cataluña y a las partes personadas para que aleguen lo que consideren conveniente sobre la posible «pérdida de objeto» del recurso del ejecutivo contra el pleno del Parlament citado.
Entre las razones que han llevado a los magistrados a cuestionar la «pérdida de objeto» del recurso está el hecho de que el propio Puigdemont ha anunciado que retiraba «provisionalmente» su candidatura a la reelección y dejaba paso a la candidatura de Jordi Sánchez, diputado de Junts per Catalunya encarcelado.
Además, el pleno del Constitucional ha acordado mantener las medidas cautelares adoptadas el pasado 27 de enero, entre ellas la que suspendía provisionalmente la candidatura de Puigdemont.
El pleno del TC cita como antecedentes para aplazar su decisión la resolución del Presidente del Parlamento de Cataluña de 5 de marzo de 2018, por la que señala a Jordi Sánchez como candidato, y la del 6 de marzo de 2018, por la que se convoca sesión plenaria el 12 de marzo de 2018 para el debate del programa y votación de investidura del citado Sànchez como president de la Generalitat.
De momento, lo que el Constitucional ha hecho ha sido prolongar las medidas cautelares que ya adoptó, es decir, suspender «cualquier sesión de investidura que no sea presencial y que no cumpla» tres condiciones.

Que eche a andar el reloj de la investidura

El tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PSC para que se desbloqueen los plazos para que el Parlament designe y vote a un candidato.
Pero el TC no ha adoptado ninguna medida cautelar en el auto de admisión, en el que señala que el asunto suscitado trasciende el caso concreto planteado y suscita una cuestión que afecta a derechos fundamentales y sobre la que no hay jurisprudencia.
El recurso de los socialistas catalanes buscaba desbloquear el proceso de investidura y que corrieran los plazos.
Es decir, que se fije un plazo para que se celebre un pleno y se realice una primera votación de investidura. Y que, a partir de entonces, se inicie «el cómputo de dos meses para la disolución anticipada de la legislatura del Parlamento de Cataluña».

TEMAS |
+ en
.
Fondo newsletter