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exponen la «inseguridad jurídica» que provocaría la aprobación de la amnistía

Las ocho razones de los letrados del Congreso contra la ley de amnistía

El portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Europa Press.

El pasado miércoles las letradas de la Comisión de Justicia del Congreso publicaron un segundo informe sobre la ley de amnistía. A pesar de que Fernando Galindo, colocado por el PSOE como letrado mayor de la Cámara, presentara un primer texto ambiguo, las letradas de la Comisión de Justicia sí cuestionan la constitucionalidad de la ley, consecuencia del chantaje de Junts y demás partidos separatistas al Gobierno de España.

Así como la oposición ha definido el informe como «demoledor» y los pocos eurodiputados de Ciudadanos en el Parlamento Europeo han elevado el informe a la Comisión Europea, en Ferraz insisten en que el texto es interpretable. Una interpretación que, a la luz del sentido común, deja ocho razones para rechazar la amnistía.

1. «Eventual inconstitucionalidad». Así como el primer informe de Galindo, letrado socialista elegido por la presidenta Francina Armengol, declaraba que no existe una «contradicción palmaria» entre la ley de amnistía y la Constitución Española, las letradas de la Comisión de Justicia hablan de una «eventual inconstitucionalidad».

2. Tiempo y forma. Las letradas advierten de que una posible ley de amnistía debería entrar en vigor como todas las leyes: tras su publicación oficial en el BOE. Así, los juristas del Congreso critican en su informe la entrada en vigor inmediata de la norma, y no según los trámites regulares.

3. Inconstitucionalidad histórica. El informe deja en evidencia desde el articulado hasta la propia exposición de motivos. Así, aunque el PSOE aprovechó el preámbulo de la ley para bendecir la supuesta constitucionalidad de la amnistía, las letradas explican que en el debate sobre la Constitución las Cortes rechazaron dos enmiendas para incluirla. La historia contradice al PSOE.

4. Trampa de los indultos. El texto de las expertas de la Cámara Baja viene a recordar la inconstitucionalidad de los indultos generales. No es una suposición sino una prohibición expresa, recogida en el artículo 62 de la Carta Magna. «Corresponde al Rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales». La amnistía, así, se asimila en forma a un indulto generalizado.

5. Suplantación del Constitucional. A lo largo del informe se intuye una duda de las letradas: la suspensión inmediata de las medidas cautelares corresponde al Tribunal Constitucional. Sólo al Constitucional. Y su reforma debería pasar a través de la modificación de la ley orgánica que lo regula.

6. Choque con la jurisprudencia europea. Las letradas de los servicios jurídicos del Congreso de los Diputados señalan un choque frontal de la ley de amnistía con la jurisprudencia europea. Concretamente, manifiestan que la supresión inmediata de las órdenes de detención europeas, especialmente aquellas que afectan a malversación o terrorismo, no pueden ser aprobadas por una norma española, sino mediante el derecho europeo.

7. Malversación y terrorismo. Precisamente sobre los delitos antes mencionados, las juristas denuncian que su inclusión en la ley de amnistía representa una amenaza contraria al derecho de la Unión Europea. En su informe explican que «podría comprometer la armonización y la efectividad de las normas reguladoras de los delitos de esta índole».

8. «Inseguridad jurídica». El texto se muestra definitivamente contundente respecto a la «inseguridad jurídica» de la ley de amnistía. Según las letradas de la Cámara, la proposición de ley del PSOE establece una «cláusula abierta» hacia aquellos delitos de «idéntica finalidad». La ley de amnistía es inconstitucional, en palabras de las juristas, dada su «infracción del principio de igualdad».

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