
El Gobierno de Sánchez garantiza desde este viernes el acceso a la sanidad pública a los inmigrantes ilegales en España tras la entrada en vigor del Real Decreto 180/2026, aprobado esta semana en Consejo de Ministros. La norma permite recibir asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud (SNS) mediante una simple declaración responsable y sin necesidad de contar con residencia legal en el país.
El decreto, impulsado por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, desarrolla el modelo de acceso universal a la sanidad que el Ejecutivo de Pedro Sánchez recuperó en 2018 tras derogar el sistema aprobado en 2012 por el Gobierno de Mariano Rajoy, que limitaba la atención sanitaria a extranjeros sin autorización de residencia.
Con la nueva regulación, el solicitante sólo deberá firmar una declaración responsable en la que manifieste que no dispone de cobertura sanitaria por otra vía, que no puede exportar ese derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado al pago de la asistencia. Una vez presentada, podrá recibir atención sanitaria pública de forma inmediata.
La solicitud podrá realizarse directamente en un centro de salud u hospital. En ese momento se entregará un documento provisional que permitirá acceder a la asistencia sanitaria en cualquier comunidad autónoma mientras se tramita el expediente.
Además de la declaración responsable, el solicitante deberá acreditar su residencia en España. Aunque el empadronamiento es el documento preferente, el real decreto permite utilizar otras pruebas como certificados de escolarización, informes de servicios sociales, facturas de suministros o documentos de inscripción consular.
La Administración dispondrá de un plazo máximo de tres meses para resolver la solicitud. Si no responde en ese periodo, la petición se considerará aprobada por silencio administrativo. Una vez reconocido el derecho, el documento sanitario no tendrá fecha de caducidad mientras no se obtenga cobertura por otra vía.
El texto también establece que las administraciones deberán iniciar el procedimiento de oficio si la persona interesada no puede hacerlo en el primer momento. Asimismo, prevé formatos accesibles y medidas de apoyo para que personas con discapacidad puedan completar la declaración responsable.
El decreto mantiene el acceso inmediato a la sanidad pública para determinados colectivos considerados especialmente vulnerables, independientemente de su situación administrativa.
Entre ellos se encuentran los menores de edad, las mujeres embarazadas —que tendrán derecho a atención durante el embarazo, parto y posparto, así como al aborto— y las víctimas de violencia de género, violencias sexuales o trata de seres humanos.
También podrán acceder a la asistencia sanitaria los solicitantes de protección internacional o temporal y aquellas personas en estancia temporal que acrediten una situación de especial vulnerabilidad mediante informe de los servicios sociales de las comunidades autónomas.
El real decreto incluye además una disposición transitoria que exige acreditar al menos dos años de residencia en España para acceder a la lista de espera de trasplantes, requisito que se mantendrá hasta que el Gobierno apruebe la orden de desarrollo pendiente de la normativa de 2018.
Para integrar la atención en el sistema sanitario, la norma establece que las personas extranjeras sin residencia legal recibirán un código de identificación personal del Sistema Nacional de Salud (CIP-SNS), lo que permitirá incorporar su información clínica a la historia sanitaria común.
El decreto también amplía el acceso a la sanidad pública para los españoles residentes en el extranjero cuando se desplacen temporalmente a España.
Hasta ahora este derecho estaba limitado principalmente a pensionistas o trabajadores. Con la nueva norma se extiende a todos los españoles de origen y a sus familiares a cargo —cónyuges, parejas de hecho y descendientes— siempre que no dispongan de cobertura sanitaria mediante convenios internacionales o sistemas de seguridad social.