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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

‘Los responsables penales ineludibles de la DUI son los firmantes’

Este abogado destaca que cuando hay una concertación entre personas para eludir la actuación de la Justicia todos son corresponsables.


El abogado Miguel Durán manifiesta que ahora no es tan importante saber cuáles son las responsabilidades penales de los 70 diputados que han votado en el Parlament de forma secreta a favor de la independencia de Cataluña. Hace hincapié en que «las responsabilidades penales absolutamente ineludibles son las de los firmantes de la proposición», que “no tienen discusión porque no es que sea una tentativa de delito, sino que es un delito porque se tiene conciencia clara de que el delito se va a cometer”.
“Los proponentes de la resolución que se aprueba son penalmente responsables, sin ningún tipo de dudas. Y lo son porque, sin lugar a dudas también, como consecuencia de esa resolución se van a producir actos violentos”, añade.
En este sentido indica que eso es lo que hace que algunos penalistas estén dudando sobre si el tipo penal es aplicable en el caso de que no haya ninguna manifestación violenta y manifiesta que, a su juicio, no tienen razón.
Explica que “durante la huelga general convocada del 30 de octubre al 9 de noviembre sin lugar a dudas habrá violencia” y que eso precisamente es “lo que no controla Puigdemont, ni el PDeCat ni el señor Junqueras”.
“No es sólo determinar o prioritariamente determinar la responsabilidad de los 70 diputados, lo primero que hay que decir es que la responsabilidad de los proponentes, de los firmantes de la resolución, es indiscutible”, remacha.
Miguel Durán expresa que hasta ahora algunos de los firmantes o los votantes podían refugiarse diciendo que era una declaración puramente semántica, pero que Carles Puigdemont tiene que adoptar decisiones ejecutivas y esta resolución se tiene que publicar esta misma tarde en el Diario Oficial de la Generalitat.
Señala que alguien tiene que elevarla a categoría de resolución ejecutable, que esto sólo se puede conseguir si se publica en un boletín oficial y que el único que tiene la Generalitat es el DOG. Apunta que esto «lo va a tener que hacer la presidenta del Parlament, Carme Forcadell o alguien del Ejecutivo catalán porque el letrado de la Cámara catalana no lo va a rubricar, como tampoco firmó las otras leyes».
Durán manifiesta que esto ya si serán actos legales administrativos que involucran a las personas que los tienen que ejecutar. «Eso sí incide en la participación directa en el tipo penal. Eso es artículo 27, 28 y 29 del Código Penal. Es coatoría, autoría directa de las personas que hagan eso», asevera.

‘El Govern se ha refugiado hasta ahora bajo las faldas de Forcadell’

Sobre quién lo va a hacer, cree que Forcadell, sin el secretario general de la mesa, sin el letrado del Parlament. Destaca la importancia acerca de quiénes del Gobierno de la Generalitat participarán en esto porque «aunque se hayan refugiado bajo las faldas de la señora Forcadell, ahora llega el momento en el que ésta no tiene capacidad para seguir amparando gente y ya tendrán que salir a la palestra otros».
Dice que el que lo haga será coautor del delito de rebelión si se consuma. Durán cree que Puigdemont ha perdido la capacidad de controlar ese resquicio que le dejan algunos penalistas sobre si es necesaria la violencia pública para consumar el delito de rebelión. Este abogado considera que no.
Insiste en que o esto se queda en una mera declaración semántica que no se publica o si se publica en el DOG los responsables de esa publicación estarán también absolutamente afectados por el delito de rebelión. Asimismo, cuenta que a partir de ahí, desde el punto de vista del propio delito, el problema de la votación secreta no es tal problema, sino que eso es una trampa para tratar de ocultarse  y que pone como ejemplo que «el diputado Albano-Dante Fachín (de Podem), que ha votado, necesariamente va a tener que entrar en una imputación, en una investigación judicial».
Este abogado subraya que «será la investigación judicial, la instrucción del procedimiento que se incoe por la rebelión la que determine finalmente quién es el que está o no» y apunta que «las declaraciones de coimputados no eximen de responsabilidad».
Por último, explica que cuando hay una concertación entre personas para eludir la actuación de la Justicia todos son corresponsables. «Cuando hay una concertación de personas para tratar de ocultar pruebas a la actuación de la Justicia, todos son corresponsables», remacha.
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