
El Ayuntamiento de Martorell, en la provincia de Barcelona, ha aprobado una reforma de su Ordenanza de convivencia que introduce una prohibición expresa: no se podrá recoger agua en garrafas, botellas u otros recipientes en las fuentes públicas del municipio. La corporación local argumenta que esta restricción busca evitar que determinados colectivos, especialmente okupas, utilicen los surtidores para abastecerse de agua de forma continuada.
La modificación incorpora un nuevo apartado dentro del artículo 14, dedicado al cuidado y uso correcto del espacio público. Ese añadido especifica que queda vetado «acumular agua de las fuentes mediante garrafas, botellas u objetos similares que permitan su almacenamiento», una práctica que el consistorio considera un uso indebido de las instalaciones municipales.
Desde el ayuntamiento señalan que la ciudadanía podrá seguir hidratándose en los surtidores con normalidad y rechazan que la medida tenga un carácter discriminatorio. Insisten, además, en que los servicios sociales locales atienden a las personas en situación vulnerable y garantizan que dispongan de recursos básicos.
Con este cambio normativo, la Policía Local tendrá la potestad de advertir a quienes intenten llevarse agua en grandes recipientes y, si persiste la conducta, imponer la correspondiente sanción. El objetivo declarado es atajar un comportamiento que, según el consistorio, se ha vuelto habitual y que consideran contrario al mantenimiento y buen uso de los bienes comunes.
El acuerdo aprobado también endurece el régimen de sanciones. Las infracciones leves, que antes oscilaban entre 30 y 90 euros, se elevan ahora a una horquilla de 100 a 750 euros. Las faltas graves pasan de los antiguos 91–300 euros a un rango de 751 hasta 1.500 euros. Por último, las infracciones muy graves, que anteriormente se situaban entre 301 y 3.000 euros, arrancarán a partir de los 1.501 euros, manteniendo el máximo en 3.000.