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El TC suspende por vía urgente la ley de ruptura

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la ley de ruptura de Cataluña, lo que supone que la ley queda automáticamente suspendida

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) se ha reunido pasadas las diez de esta mañana y ha admitido a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la ley de ruptura de Cataluña, que regula un régimen transitorio hasta la aprobación de una eventual Constitución de la República catalana.

La mera admisión del recurso conllevará la suspensión de la vigencia de esta norma durante al menos cinco meses, han informado fuentes de este órgano.
El Parlamento de Cataluña aprobó el pasado jueves por la noche la denominada Ley de Transitoriedad Jurídica y fundacional de la república catalana’ con la que JxSí y la CUP quieren consumar la ruptura de Cataluña del resto de España si gana el ‘sí’ en el referéndum del 1 de octubre.

La aprobación se llevó a cabo pese a que el Tribunal Constitucional (TC) había acordado poco antes la suspensión de la ley de referéndum, de los decretos de convocatoria y organización de la consulta de autodeterminación para el próximo 1 de octubre y otro acuerdo del Parlamento de Cataluña sobre el nombramiento de una Sindicatura que pretende ejercer de Junta Electoral.

El TC también ha incluido en su orden del día de este martes el recurso del Gobierno central contra la ley del código tributario con la que la Generalitat pretende crear una Hacienda propia.

«La mayor amenaza al marco de convivencia del 78»

En su recurso contra la ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República de Cataluña, el Ejecutivo señalaba que ésta constituye, junto con la ley del referéndum de autodeterminación, «la mayor afrenta y amenaza a la destrucción de las normas de convivencia que la sociedad española se dio en el año 1978».
La Abogacía del Estado solicitaba expresamente la suspensión cautelar de la vigencia de esta norma y que se informe de ello personalmente tanto al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, como al resto de miembros del Gobierno; a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, y a los miembros de la Mesa; también a los miembros de la Sindicatura Electoral, apercibiéndoles de que no pueden dictar ningún acuerdo dirigido a ejecutar las previsiones de los 89 artículos de la ley.

 

 

‘Una aberración jurídica’

En un recurso de 29 páginas, al que ha tenido acceso Efe, la Abogacía del Estado explicaba que la ley, que tacha de «burdo documento que se ha tratado de orquestar por la exigua mayoría parlamentaria», viola la Constitución, el Estatuto catalán y el Reglamento del Parlament de Cataluña y es una «aberración jurídica de tal orden que solo se puede calificar de arbitraria y arbitrista».

«El artificio ordinamental diseñado en el documento impugnado es de tan burda configuración que no serían precisas más que unas pocas líneas para argumentar su inconstitucionalidad», señala el recurso, que duda incluso de la efectividad de su publicación en el Boletín Oficial del Parlament, ya que la hicieron los miembros de la Mesa que la apoyan ante la negativa del secretario general de la cámara.

El Gobierno recalca que la soberanía recae en el pueblo español y que el catalán no la tiene, pero «se apropia sin ningún reparo, confisca, la competencia estatal al margen completamente de todo cauce legal».

«Los autores de tal despropósito jurídico olvidan que el primer requisito para que una democracia sea tal es que se respete las leyes que ella misma se ha dado», incide la Abogacía del Estado.

Los puntos más conflictivos

El documento no se para a analizar artículo por artículo la ley de transitoriedad, pero sí algunos de sus puntos.

Entre ellos, el que afirma que una hipotética república catalana se integraría en la Unión Europea y en los tratados internacionales firmados por España, un punto que «no cabe sino calificar de irreal y delirante en la medida en que la nueva república no puede subrogarse en la posición del Estado español en el ámbito internacional».

La ley también regula «una inexistente nacionalidad catalana diferente de la española» y que, en el caso de la secesión, el estado catalán pasaría a ser titular de todos los bienes del estado español, una «previsión delirante donde las haya donde se establece una auténtica confiscación, por denominarla de alguna manera, de los bienes de titularidad estatal».

Otro de los puntos que analiza es la forma de nombrar a los jueces del hipotético estado independiente, mediante una comisión mixta formada por miembros de un tribunal supremo catalán y el gobierno de la Generalitat, un sistema que, según el recurso, «nada tiene que envidiar a los regímenes autocráticos, toda vez que acaba con el principio de separación de poderes».

No habrá medidas coercitivas

En todo caso, con toda probabilidad dicha suspensión será adoptada lo antes posible, es decir, hoy. Y será de admisión a trámite del recurso del ejecutivo y suspensión cautelar de la norma, además de apercibimiento -una vez más- a las autoridades catalanas afectadas.

A ese respecto los magistrados del alto tribunal disponen de escaso margen para decidir, es decir, vienen casi obligados a hacerlo de manera automática por la ley. Otra cosa será la resolución sobre el fondo del asunto, acerca de la cual son plenamente independientes.

El pleno del TC debe resolver también en los próximos días el recurso que el Gobierno presentó contra el Código Tributario (la nueva ley de Hacienda catalana), que entró en su registro el viernes pasado.

Por otro lado, fuentes del Constitucional han informado a Efe de que el pleno del tribunal no ha discutido en ningún momento la posibilidad de imponer medidas provisionales coercitivas, es decir, multas o suspensión cautelar, a las autoridades catalanas que parecen decididas a desobedecer sus sentencias.

Esta posibilidad existe debido a la reciente reforma de la Ley del Tribunal Constitucional que aprobó el PP en la pasada legislatura.

Sin embargo, aplicar ahora tales sanciones podría suponer la ruptura de la unanimidad entre los magistrados del TC que ha imperado hasta el momento en todas sus resoluciones acerca del proceso independentista catalán, apuntan las mismas fuentes. De modo que, de momento, no se contempla esa posibilidad.

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