
La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado el internamiento de un inmigrante residente en España en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Madrid al desestimar el recurso de apelación presentado por su defensa contra la medida acordada para garantizar la ejecución de su devolución al país de origen.
La resolución mantiene la decisión adoptada tras considerar que concurren las circunstancias necesarias para asegurar la expulsión, una vez que la Delegación del Gobierno en Cantabria había acordado previamente la devolución del inmigrante y esta no podía ejecutarse en el plazo máximo de 72 horas.
La defensa sostenía que el recurrente podía acogerse al proceso de «regularización» masiva del Gobierno que permite acceder a la residencia legal a quienes hubieran llegado a España antes del 1 de enero de 2026 y cumplieran determinados requisitos. Para ello, aportó documentación sobre la fecha de entrada en el país, la permanencia continuada, la solicitud de protección internacional y la inexistencia de antecedentes penales, además de una declaración jurada de su hermana en la que certificaba que residía con ella en Cantabria.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Cantabria considera que esos elementos no son suficientes para dejar sin efecto el internamiento. En este sentido, destaca que el afectado tiene una prohibición de entrada en el espacio Schengen dictada por Francia y vigente desde julio de 2025, circunstancia que, según el tribunal, impide que pueda beneficiarse del proceso extraordinario por arraigo sociolaboral.
La resolución añade que dicha prohibición permanecerá en vigor hasta julio de 2030 y recuerda que el expediente de internamiento comenzó con el auto dictado el 8 de mayo de 2026 por el Tribunal de Instancia de Torrelavega. Tras la desestimación del recurso de reforma el 8 de junio, la defensa presentó un recurso de apelación que finalmente también ha sido rechazado.
Además, el tribunal tiene en cuenta la detención del recurrente por su presunta participación en un delito de robo con violencia e intimidación con arma de fuego en Cantabria. Según recoge la resolución, este hecho refuerza la excepcionalidad de la medida y evidencia que no existe un arraigo sociolaboral suficiente.
La Audiencia Provincial de Cantabria concluye que «la permanencia en libertad comprometería la ejecución de la devolución», por lo que el afectado deberá permanecer en el Centro de Internamiento de Extranjeros hasta que se materialice su expulsión. La resolución es firme y el tribunal recuerda que «contra ella no cabe recurso ordinario».