El Tribunal Constitucional de Ecuador ha decretado como anticonstitucionales tres de las medidas incluidas en el estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa a comienzos del pasado mes de octubre en varias provincias del país en un intento por contener los altos índices de criminalidad y el conflicto armado interno.
En concreto se trata de la suspensión del derecho a la libertad de reunión, la orden de requisiciones de armas y la decisión de movilizar a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas ecuatorianas «con el fin de combatir a los grupos de crimen organizado», según ha detallado el Constitucional en un comunicado publicado en su perfil oficial en redes sociales.
El Tribunal Constitucional fundamenta su decisión en que estas tres medidas decretadas por el gobierno de Noboa en realidad deberían haber sido implementadas en el marco de un régimen ordinario por la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, y no mediante un estado de excepción. Al ser declaradas anticonstitucionales, ya no tendrán vigencia.
En este contexto, y en un momento en que el país trata de hacer frente a la oleada de violencia a manos de los grupos criminales, el Constitucional ha alertado de que, al término del estado de excepción vigente, la población habrá vivido nueve de los últimos once meses bajo medidas de emergencia, un contexto en el que se limitan los derechos fundamentales de la ciudadanía.
«El Tribunal exhorta a las autoridades competentes a que utilicen todas las medidas previstas en el régimen ordinario para combatir las crisis de violencia; tomen las medidas de política pública o legislativas que sean necesarias; y observen la naturaleza excepcional y temporal de la figura del estado de excepción», ha remachado la corte.