El Gobierno ha aprobado mediante Real Decreto una modificación del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT), con el fin de ampliar las obligaciones de información que debe facilitar la banca a la Agencia Tributaria respecto a las operaciones realizadas por empresas españolas. Según el Ministerio de Hacienda, esta medida busca fortalecer la lucha contra el fraude fiscal y mejorar la recaudación.
Desde el Ejecutivo han señalado que la nueva normativa afectará a todas las entidades que operen en España, incluidas las extranjeras. Entre los cambios introducidos, se ha establecido la obligación de proporcionar información no sólo sobre cuentas bancarias, sino también sobre otros tipos de cuentas. De manera específica, deberán reportarse los datos relacionados con sistemas de cobro que utilicen tarjetas físicas o pagos vinculados a números de teléfono móvil.
Además, se ha eliminado el umbral anual neto de 3.000 euros que hasta ahora condicionaba la obligación de declarar estas operaciones. A partir de 2026, todas las transacciones, independientemente de su importe, deberán ser comunicadas a la Agencia Tributaria. Esta modificación afectará a todos los empresarios que empleen estos métodos de cobro en su actividad económica, ya que incluso los pagos de pequeña cuantía, realizados por tarjeta o móvil, deberán ser reportados.