La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, ha dictado la absolución de un ciudadano de nacionalidad argelina acusado por el Ministerio Fiscal de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
La Fiscalía solicitaba para el procesado una pena de ocho años de prisión al considerarlo el patrón y responsable de dirigir una embarcación con 11 personas a bordo hasta la costa de la Región de Murcia.
Los hechos se remontan al pasado 10 de diciembre de 2025, cuando una patrulla de la Guardia Civil interceptó una patera en las inmediaciones de la Gola de Marchamalo, en Cabo de Palos, tras un aviso de avistamiento cerca de Islas Hormigas.
Los agentes declararon que observaron al procesado patronear la embarcación con la mano en la caña del motor durante los últimos 15 minutos del trayecto antes de tocar tierra.
A pesar del testimonio de los agentes actuantes, el tribunal concluye en su fundamentación jurídica que no existe prueba de cargo suficiente para sostener que el acusado organizara la travesía desde Argelia, coordinara los turnos de pilotaje durante los dos días de viaje ni se lucrase con el dinero pagado por el resto de los tripulantes.
La sentencia destaca que los testimonios prestados por los diez ocupantes de la patera recabados durante las diligencias señalaron que la navegación se realizó mediante turnos compartidos en los que participaban la mayoría de los viajeros.
Asimismo, las declaraciones desvincularon al acusado de la recogida del dinero en origen, de modo que atribuyeron el cobro de los pasajes a terceras personas asentadas en la costa argelina.
La Audiencia Provincial valora que la presencia de una imagen con fajos de billetes en el teléfono móvil del procesado y el hallazgo de dinero en efectivo entre sus pertenencias no constituyen prueba suficiente para acreditar que los fondos procedieran de la organización de la travesía.