El Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid celebra este jueves el juicio contra nueve activistas climáticos acusados de rociar pintura roja sobre la fachada del Congreso de los Diputados durante una protesta celebrada el 30 de marzo de 2023.
Los acusados están vinculados a los colectivos ecologistas Futuro Vegetal, Extinction Rebellion y Scientist Rebellion, organizaciones conocidas por sus acciones de desobediencia civil y por sus campañas contra lo que denominan «inacción» ante el cambio climático.
La Fiscalía solicita para cada uno de ellos un año y nueve meses de prisión por un presunto delito contra el patrimonio histórico. También reclama el pago conjunto de una indemnización de 5.863,98 euros al Estado por los gastos de limpieza y restauración ocasionados.
Según el escrito de acusación, los hechos ocurrieron poco después de las 12.10 horas del 30 de marzo de 2023, cuando los nueve activistas acudieron de forma concertada a la Plaza de las Cortes portando pintura roja. El Ministerio Público sostiene que los acusados se habían repartido previamente distintas tareas para ejecutar la acción, distraer a la Policía y grabar los hechos.
Durante la protesta, los activistas arrojaron pintura sobre varias zonas de la fachada principal del Palacio del Congreso, incluyendo la puerta principal de bronce, la escalinata, uno de los leones y diversas columnas del edificio.
La Fiscalía subraya que la acción se llevó a cabo con fines de protesta política y en el marco de las campañas climáticas impulsadas por estos colectivos. Sin embargo, recuerda que el Congreso de los Diputados cuenta con la máxima protección patrimonial en Madrid y tiene incoado expediente como Bien de Interés Cultural.
La limpieza de la fachada exigió el uso de sistemas específicos e inocuos para la piedra y los morteros del edificio. En el caso de una de las esculturas, fue necesario decapar el barniz protector para eliminar restos de pigmentación rojiza.
El Ministerio Público considera que los hechos constituyen un delito contra el patrimonio histórico del artículo 323 del Código Penal y sostiene que los acusados actuaron de forma coordinada, planificada y con pleno conocimiento del valor simbólico e institucional del edificio.