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«La lectura de las actuaciones no aclara tampoco el objeto del presente procedimiento»

Begoña Gómez acusa al juez de vulnerar sus derechos al no aclarar por qué hechos la investiga

Una fundación fantasma con el mismo nombre que la empresa y la cátedra de Begoña Gómez ofrece gestionar fondos UE
La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. Europa Press

La defensa de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que está siendo investigada por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, ha acusado al juez instructor Juan Carlos Peinado de atentar contra su derecho a la tutela judicial efectiva al considerar que, en su respuesta a su petición de conocer qué hechos mantiene en la causa tras la decisión de la Fiscalía Europea de asumir parte de la misma, no aclara el asunto.

Así consta en un escrito de su letrado, el exministro del Interior Antonio Camacho, que responde a la providencia emitida por el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid en la que daba respuesta a la petición de Begoña Gómez de que clarificara qué asuntos mantenía vivos después de que el órgano europeo se quedara con lo concerniente a los contratos adjudicados por Red.es a una UTE en la que estaba Innova Next, sociedad del empresario Juan Carlos Barrabés.

Camacho recuerda en su escrito que la Audiencia Provincial de Madrid indicó en su auto de respuesta a la Fiscalía —que solicitaba el archivo de las actuaciones— que de los tres bloques de hechos que se mencionaban en la denuncia de Manos Limpias se estimaba que solo existía una base probatoria suficiente para investigar los hechos relativos a la adjudicación de los contratos por parte de Red.es.

Y añade que, poco tiempo después, Peinado se inhibió en favor de la Fiscalía Europea en relación a los hechos «relativos a la adjudicación de los contratos financiados con fondos europeos por la entidad publica Red.es a la UTE Innova Next SLU- Escuela de Negocios The Valley».

El magistrado, recuerda Camacho, añadía a esa frase lo siguiente: «Sin perjuicio de las irregularidades vinculadas a los anteriores hechos que pudieran ser constitutivas de infracciones penales y en las que se vieran afectados fondos europeos«.

Con esto, insiste en que la redacción de la parte dispositiva de la citada resolución «no es clara», y añade que «todo apunta a que la inhibición se produjo con relación a aquellos contratos que por la Audiencia Provincial se estimó que existían elementos indiciarios suficientes para iniciar una investigación». «En definitiva, que el juzgado se inhibía a favor de la Fiscalía Europea de aquellos que constituía el objeto del presente procedimiento«, resume.

Pero como no era claro, prosigue, pidieron una aclaración al juez, que emitió la providencia conocida esta misma semana. «La providencia objeto del presente recurso para nada aclara un elemento esencial de todo procedimiento penal como es el conjunto de hechos que se imputan a la única persona que estaba sujeta a investigación«, apunta Camacho.

Y añade que esto «afecta gravemente los derechos que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), la Constitución y distintas normas europeas e internacionales atribuyen a mi representada«.

El abogado explica que esa providencia del juez da a entender «que esta investigando aquellos bloques que la Audiencia Provincial de Madrid estimó que no reunían los elementos que permitieran en un Estado de Derecho abrir la investigación».

Pero añade que tampoco lo dice con claridad y suma a esto que «desgraciadamente la lectura de las actuaciones no aclara tampoco el objeto del presente procedimiento». «Es imposible saber qué es lo que el juzgado estima que es objeto de investigación en la presente causa. Máxime si tenemos en cuenta que esta citada a declarar en unos días sobre unos hechos que desconoce», lamenta.

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