La esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, se enfrenta a un máximo de 15 años de prisión tras ser procesada por cuatro delitos en el denominado caso Begoña. El juez Juan Carlos Peinado ha dictado el auto de cierre de la instrucción, en el que aprecia indicios de tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.
La decisión judicial sitúa a la mujer del presidente, Pedro Sánchez, a un paso de la apertura de juicio oral, con un horizonte penal que podría alcanzar los 15 años de cárcel en función de la calificación definitiva de los hechos y la aplicación de agravantes.
El magistrado ha acordado, sin embargo, archivar el delito de intrusismo profesional relacionado con la firma de Gómez en un documento técnico vinculado a la licitación de un software para la cátedra universitaria. Este delito, que queda fuera del procedimiento, contemplaba penas de entre seis meses y dos años de prisión.
Tráfico de influencias y corrupción en los negocios
Entre los delitos que sí se mantienen, el juez aprecia indicios de tráfico de influencias, castigado con penas de entre seis meses y dos años de cárcel, además de multa e inhabilitación. Este tipo penal se refiere a la utilización de relaciones personales con cargos públicos para obtener resoluciones que generen beneficios económicos.
A ello se suma el delito de corrupción en los negocios, que puede acarrear penas de entre seis meses y cuatro años de prisión. Este ilícito incluye tanto la aceptación como la oferta de beneficios económicos para obtener ventajas competitivas en contratos o relaciones comerciales.
Malversación vinculada a la cátedra de la Complutense
El auto también atribuye a Gómez un presunto delito de malversación de caudales públicos en relación con su actividad en la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid. Según el juez, su posición podría encajar en los supuestos del Código Penal que castigan la apropiación o uso indebido de recursos públicos.
Este delito contempla penas de entre dos y seis años de prisión en su modalidad más grave, además de inhabilitación para cargo público. También se contempla una modalidad atenuada si se acredita el uso indebido sin ánimo de apropiación.
Apropiación indebida de activos financiados con fondos privados
Por último, el juez aprecia indicios de apropiación indebida al considerar que Gómez habría inscrito a su favor activos —como la marca y el software vinculados a la cátedra— que habrían sido financiados por empresas, pero destinados a la Universidad Complutense.
Este delito, vinculado al artículo 248 del Código Penal, puede conllevar penas de entre seis meses y tres años de prisión, en función del perjuicio económico causado y de las circunstancias del caso.
Un frente judicial con impacto político
El procesamiento de la esposa del presidente abre un nuevo frente judicial con implicaciones políticas directas para el Gobierno. La decisión del juez Peinado coloca el foco sobre el entorno más cercano de Sánchez en un momento de máxima tensión institucional, a la espera de que se decida la apertura de juicio oral y la evolución del procedimiento en los tribunales.