El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que la ley de Castilla y León que permite la caza de lobos es contraria al Derecho europeo, ya que el estado de conservación de esta especie es «desfavorable o inadecuado» a nivel nacional.
En un fallo emitido este lunes, el tribunal en Luxemburgo ha declarado que la normativa autonómica infringe la Directiva europea, pues no se puede autorizar que el lobo sea una especie «cazable» en uno de los estados miembros de la UE, especialmente cuando su estado de conservación es desfavorable a nivel nacional.
El TJUE subraya que cualquier decisión para permitir la caza de una especie en peligro de extinción debe «estar justificada y basarse en los datos relativos a la vigilancia del estado de conservación». Critica que las autoridades de Castilla y León no consideraron el informe estatal de 2019.
Bruselas recalca que el hecho de que una especie pueda ser objeto de medidas de gestión no significa que su estado de conservación sea favorable. En 2019, el Gobierno de España informó a la Comisión Europea que entre 2013 y 2018, el lobo se encontraba en un estado de conservación desfavorable en todo el territorio nacional.
La Justicia europea insiste en que las medidas de protección deben mantener o restablecer la especie y pueden incluir normas sobre la caza para restringirla. «Por consiguiente, si es necesario, la caza puede incluso prohibirse», resalta la sentencia.
En este contexto, el tribunal pide que cuando haya «incertidumbre sobre los riesgos existentes para el mantenimiento de una especie en un estado de conservación favorable», se aplique el principio de cautela y se tomen medidas de protección, como la restricción o prohibición de la caza.
La situación de estas especies y la conveniencia de adoptar medidas de gestión deben ser evaluadas de acuerdo con los informes elaborados por los Estados miembros cada seis años en virtud de la Directiva europea, y basarse en los datos científicos más recientes obtenidos mediante la vigilancia que realizan los Estados miembros.
La sentencia concluye que cuando una especie animal se encuentra en un estado de conservación desfavorable, las autoridades competentes deben adoptar medidas para mejorar dicho estado de conservación, con el objetivo de que las poblaciones alcancen en el futuro un estado de conservación favorable y sostenible.