La Comisión Europea ha decidido ampliar el procedimiento de infracción abierto contra España por la legislación que permitió al Gobierno de Pedro Sánchez intervenir en las operaciones de concentración bancaria como la frustrada compra de Banco Sabadell por parte de BBVA, una actuación que Bruselas considera incompatible con varios elementos clave de la normativa comunitaria.
El Ejecutivo comunitario informó este jueves de que ha actualizado la evaluación jurídica del expediente iniciado en julio de 2025 para incorporar las disposiciones de la nueva directiva CRD VI, cuyo plazo de transposición finalizó el pasado 10 de enero de 2026.
«En consecuencia, la Comisión ha actualizado la evaluación jurídica en la que se basa este procedimiento y ha incluido las disposiciones pertinentes de la CRD VI entre las infracciones identificadas», señaló Bruselas en un comunicado.
La institución comunitaria precisa que el expediente no se centra en la operación concreta entre BBVA y Sabadell, finalmente rechazada por los accionistas de la entidad catalana, sino en la legislación española que hizo posible la intervención del Ejecutivo en este tipo de movimientos corporativos.
Según la Comisión, las normas españolas cuestionadas son incompatibles con el nuevo marco regulatorio europeo que rige las adquisiciones, fusiones, escisiones y otros cambios estructurales que afectan a las entidades de crédito.
«La Comisión considera que las medidas españolas en cuestión son incompatibles con el nuevo marco de la CRD VI que regula las adquisiciones, fusiones, escisiones y otros cambios estructurales que afecten a las entidades de crédito, lo que refuerza aún más las preocupaciones ya expuestas en la carta de emplazamiento de 2025», subrayó el organismo comunitario.
Bruselas recuerda además que ya había advertido de posibles vulneraciones del Reglamento sobre el Mecanismo Único de Supervisión, de la Directiva sobre requisitos de capital y de los artículos 49 y 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Entre las disposiciones bajo sospecha figuran la disposición adicional duodécima de la Ley 10/2014 de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y un real decreto ley aprobado en febrero de 2015 que atribuye al Ministerio de Economía la autorización de determinadas operaciones de fusión o escisión bancaria.
A juicio de la Comisión Europea, estas medidas conceden al Gobierno español una capacidad de intervención que invade competencias reservadas al Banco Central Europeo (BCE) y a los supervisores bancarios establecidos por la normativa europea.
El Ejecutivo comunitario insistió además en las ventajas de la consolidación bancaria para el conjunto de la economía europea. «Las consolidaciones en el sector bancario benefician a la economía de la UE en su conjunto y son esenciales para la consecución de la Unión Bancaria», afirmó.
Bruselas añadió que este tipo de operaciones contribuyen a una asignación más eficiente del capital y favorecen el acceso de ciudadanos y empresas a productos financieros competitivos.
La Comisión concede ahora dos meses al Gobierno de Sánchez para responder a la nueva comunicación. Si las explicaciones no resultan satisfactorias, el procedimiento avanzará hacia una opinión razonada, paso previo a una eventual demanda ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).