El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla ha admitido a trámite una demanda contra el Servicio Andaluz de Salud por un supuesto caso de responsabilidad patrimonial relacionado con la muerte de un paciente de 76 años. El procedimiento judicial analiza si existió un retraso diagnóstico prolongado que impidió detectar a tiempo un cáncer colorrectal que finalmente resultó mortal.
La reclamación, presentada por el Bufete Sires Abogados, solicita una indemnización de 143.582,28 euros. La cuantía incluye el perjuicio derivado de las lesiones temporales, el daño moral ocasionado por la pérdida de calidad de vida y la compensación correspondiente al hijo del fallecido. El proceso se encuentra actualmente en fase de práctica de pruebas, por lo que el juzgado deberá evaluar informes periciales y testimonios para determinar si hubo una actuación negligente por parte de la administración sanitaria.
La familia fundamenta su acción en la llamada «pérdida de oportunidad terapéutica». Sostiene que, si se hubieran realizado los controles adecuados o se hubieran atendido con mayor diligencia los síntomas persistentes, la enfermedad habría sido detectada en una fase susceptible de tratamiento, lo que podría haber cambiado el pronóstico del paciente.
El desenlace llegó en mayo de 2024, cuando el hombre acudió de nuevo a Urgencias con un cuadro de dolor intenso, estreñimiento y deterioro general. Un TAC urgente reveló una alteración en el colon compatible con una obstrucción. Posteriormente, una colonoscopia confirmó la presencia de un adenocarcinoma en estadio IV. El tumor presentaba ya metástasis en ganglios, peritoneo, hígado y pulmones, lo que llevó a los especialistas a descartar cualquier opción curativa y a derivarlo a cuidados paliativos. Falleció en agosto de ese mismo año.
Según la demanda, el paciente había acudido de manera reiterada a centros del sistema público andaluz desde 2018 hasta poco antes del diagnóstico. En ese periodo, visitó al menos en 42 ocasiones consultas de Atención Primaria, especialidades y el servicio de Urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Macarena. El motivo principal era un dolor abdominal persistente y problemas digestivos que no mejoraban con el tiempo.
El escrito describe diversos episodios que considera relevantes. Entre ellos, una consulta en octubre de 2022 en la que acudió al hospital con un dolor abdominal generalizado. Pese a sus antecedentes, fue dado de alta con diagnósticos poco concretos. Semanas después volvió a Atención Primaria con molestias, pero, según la familia, no se realizaron nuevas exploraciones al considerar que ya había sido evaluado en varias ocasiones.
La reclamación también pone el foco en el historial médico previo. En 2010 se le practicó una colonoscopia de cribado que detectó pólipos hiperplásicos, lo que motivó su inclusión en un programa de seguimiento periódico por riesgo medio. Una nueva exploración en 2012 confirmó la presencia de divertículos y pólipos, por lo que debía mantenerse la vigilancia. Sin embargo, según la demanda, la revisión prevista en 2018 no llegó a realizarse, lo que habría roto la cadena de control clínico.
Asimismo, en febrero de ese mismo año se le practicó un TAC orientado a descartar otras patologías, pero, siempre según el relato de la familia, no se tuvo en cuenta la necesidad de repetir la colonoscopia que ya estaba indicada. Para los demandantes, esta omisión dejó al paciente en una situación de desprotección sanitaria mientras los síntomas evolucionaban.
El caso se apoya en el artículo 106.2 de la Constitución Española, que establece el derecho a ser indemnizado por el funcionamiento anormal de los servicios públicos. Ahora, el tribunal deberá determinar si existió un fallo en la atención médica y si este influyó de manera decisiva en el resultado final.