«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

El CGPJ rechaza el reingreso del juez separatista Santiago Vidal

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha denegado al juez Santiago Vidal su reincorporación a la carrera, tras haber sido suspendido por razones disciplinarias, porque no lo ve apto, al haber constatado que persiste en su falta de lealtad a la Constitución y las instituciones del Estado.

El magistrado fue suspendido por tres años por una falta muy grave de ignorancia de sus deberes en relación con su participación en la redacción de una Constitución catalana.
La Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, que ha estudiado este jueves la declaración como apto de Vidal, necesaria para su reingreso en el servicio activo, la ha rechazado tras constatar, en función de sus manifestaciones públicas, su falta de lealtad constitucional.
Santiago Vidal (Sant Sarduní d’Anoia, Barcelona, 1954) podrá solicitar de nuevo el reingreso cuando sus acciones permitan apreciar que su comportamiento futuro «será conforme con el juramento de lealtad a la Constitución que tiene prestado», señala el acuerdo de la Comisión Permanente, apoyado por la mayoría de sus miembros y contra el que cabe recurso ante el Supremo.
El acuerdo ha sido aprobado con los votos a favor del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y de los vocales del órgano de gobierno de los jueces Fernando Grande-Marlaska, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández, José María Macías y Pilar Sepúlveda.
Los vocales progresistas Concepción Sáez -que ha anunciado la formulación de un voto particular- y Rafael Mozo se han pronunciado en contra.
Si Vidal quiere recurrir contra esta decisión deberá hacerlo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, directamente o previa presentación de un recurso de reposición ante la propia Comisión Permanente.

Por falta de ‘lealtad constitucional’

La resolución constata la «falta de aptitud como consecuencia de sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas durante el periodo de suspensión de funciones», que revelan su «falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución».
Vidal, que este jueves cumplía la sanción de tres años, solicitó el pasado 24 de enero el reingreso al servicio activo, para lo que debía obtener la previa declaración de aptitud por parte del Consejo General del Poder Judicial.
La Permanente recuerda que la sanción que se impuso a Vidal acarreó la privación de todos los derechos inherentes a su condición de juez o magistrado, pero no supuso la pérdida de su condición de miembro de la Carrera Judicial.
De este modo, la Permanente recuerda que la suspensión «no le disculpa de sus obligaciones básicas, cual es primera de ellas la de lealtad constitucional, al punto de que la Ley no establece que el suspenso deba renovar su juramento o promesa de guardar y hacer guardar la Constitución, al reputar que se mantiene válido y exigible el anteriormente efectuado».
Y ese juramento ha sido «repetidamente incumplido» por el magistrado durante los últimos tres años, por ejemplo a través de las conferencias que ofreció en noviembre y diciembre de 2016 en varias localidades catalanas.
En ellas se refirió a la adquisición y cesión de datos confidenciales en materia tributaria y de censo electoral, haciendo gala de su ilegalidad y de su condición de juez: «No os diré cómo lo hemos conseguido, porque lo hemos conseguido de una manera absolutamente ilegal y un juez no puede hablar de cómo se hacen las cosas ilegalmente», cita la resolución.
También habló de la fiscalización de la lealtad al Estado independiente que se pretendía crear por parte de los jueces destinados en Cataluña como exigencia para permanecer en sus destinos.
Además, hizo gala del incumplimiento y la desobediencia a las resoluciones de los tribunales y del Tribunal Constitucional: «¿Todo esto que haremos está de acuerdo con la legalidad española? No, y creo que no hace falta que os expliquemos por qué».

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